La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió la acción de inconstitucionalidad contra la denominada “Ley Duarte”, que castigaba en Veracruz con cárcel a aquellas personas que difundieran rumores por las redes sociales, sobre asuntos ligados con la violencia, que califica como delito de perturbación social.

 

El ministro José Ramón Cossío le dio entrada para analizar la acción de inconstitucionalidad, interpuesta  por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

 

El Congreso Local y el gobierno estatal de Veracruz deben explicar sus motivos para modificar el artículo 373  del Código Penal de ese estado, en el cual incluyeron el castigo para aquellas personas que bajo cualquier medio difundan falsamente rumores sobre la existencia de aparatos explosivos, ataques con armas de fuego, sustancias tóxicas, biológicas, que atenten contra la salud, y perturben el orden social.