El Senado de la República dio primera lectura al dictamen que reforma diversos artículos de la Constitución para que los servidores públicos puedan ser sujetos a procesos penales sin perder su inmunidad en el tiempo que dure el proceso.

 
En la presentación del dictamen, el senador del PRD, Tomás Torres, pidió regresar a comisiones el dictamen, pues nunca hubo quórum en dichas instancias senatoriales para avalar las reformas y presentarlas ante el Pleno.

 

Sin embargo, el presidente de la Mesa Directiva del Senado, José González Morfín, aseguró que el dictamen fue aprobado en comisiones, por lo que cumplió con todos los trámites necesarios y en la sesión del próximo jueves se discutirá en segunda lectura, para su aprobación.

 

Con estas reformas, el Ejecutivo federal, diputados, senadores, ministros de la Suprema Corte, de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, secretarios de despacho, asambleístas y el jefe de Gobierno del Distrito Federal, podrán ser sujetos a procesos penales.

 

Además, los gobernadores estatales, el procurador General de la República, presidente y consejeros electorales del Instituto Federal Electoral, entre otros.

 

De acuerdo al dictamen, cuando exista presunta responsabilidad penal por parte de algún servidor público, “el juez de la causa determinará si da lugar a la expedición del auto de vinculación a proceso penal”.

 

En el documento se expone que durante dicho proceso el servidor público podrá seguir en su cargo, por lo que las medidas cautelares que el juez determine no podrán consistir en privación, restricción o limitación de la libertad.

 

Sin embargo, cuando el juez de la causa dicte sentencia condenatoria de primera instancia, él mismo solicitará a la Cámara de Diputados el retiro de la inmunidad para que el sentenciado cese en sus funciones y quede a disposición de la autoridad correspondiente.

 

La colegisladora no producirá dictamen previo alguno y resolverá con el voto de la mayoría absoluta de sus miembros presentes sobre el pedimento judicial dentro de los diez días hábiles, a partir de la presentación de retiro de inmunidad y con audiencia del servidor público.

 

En relación al Presidente de la República, se aplicará el mismo procedimiento pero los diputados fungirán como cámara de origen para resolver el pedido judicial y el Senado será el órgano revisor, se subraya en el documento.

 

En este sentido, los senadores adoptarán su decisión dentro de diez días hábiles a partir de que hubiera recibido el proyecto de retiro de la inmunidad de parte de los diputados.

 

Asimismo, para que la Cámara de Senadores apruebe el retiro de la inmunidad y la separación del cargo, es necesaria una mayoría de las dos terceras partes de sus integrantes presentes.