La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) autorizó al hijo de Rosendo Radilla Pacheco a conocer el expediente de la averiguación previa de la desaparición de su padre, ocurrida en 1974 en el marco de la “guerra sucia”.
 
La Primera Sala decidió conceder el amparo por considerar que dicha información no puede ser reservada, porque se trata de graves violaciones a los derechos humanos.
 
El familiar de Radilla, mediante la figura de una organización no gubernamental, solicitó ingresar al expediente con base en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
 
En la resolución, cuyo ponente fue el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, se sostiene que el artículo 14 de dicha norma debe ser interpretada en el sentido de que las averiguaciones previas sobre hechos que puedan constituir graves violaciones a derechos humanos no se encuentran reservadas, razón por la cual son información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 constitucional.
 
La Sala llegó a la conclusión anterior en acatamiento a la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en atención a la jurisprudencia de la SCJN.
 
De esta forma, al resolver el amparo en revisión 168/2011, se determinó amparar a la persona, reconocida como víctima de violaciones a derechos humanos por la desaparición de su padre, Rosendo Radilla Pacheco, en la sentencia emitida por la CIDH al resolver el Caso Radilla Pacheco contra México.