Bancos de Japón están interesados en financiar proyectos de infraestructura en México, la semana pasada el Congreso de la Unión aprobó la Ley de Asociaciones Público Privadas que permite a una empresa llevar desde la administración, hasta la prestación de un servicio, por ejemplo de un colegio, un hospital, un reclusorio o de un organismo operador de agua.

 

Las asociaciones incluyen diversos tipos de contratos como el joint venture (empresas mixtas) y el buildlease transfer (constrir, arrendar y transferir) la obra.

 

El 14 de diciembre el Senado de la República, y en días anteriores la Cámara de Diputados aprobó este tipo de asociaciones. El especialista en derecho energético y del ramo de infraestructura, Rogelio López Velarde, explicó en entrevista que esta ley fortaleció el interés de todos los bancos mexicanos, incluidos algunos extranjeros, particularmente los japoneses por financiar obras de infraestructura.

 

El presidente de la firma López Velarde, Heftye Soria, detalló que de manera adicional los bancos adquieren certidumbre jurídica sobre la inversión de los proyectos al estar protegidos contra contingencias climatológicas.

 

“Con esta ley, explicó, el Estado deja de preocuparse por buscar financiamiento, ahora son los empresarios interesados en la obra quienes asumen esta responsabilidad”.

 

A partir de esta ley, los particulares, es decir cualquier empresa tiene la posibilidad de prestar los servicios que actualmente ofrece el Estado (excepto los del ramo energético en materia de electricidad y petróleo). La responsabilidad del Estado es supervisar la calidad y efectividad del servicio y administración, detalló.

 

Las asociaciones público privadas existen en el país desde la década de los 90 y 14 estados de la República Mexicana consideran en sus leyes este tipo de alianzas; ejemplo de que ya existen son las carreteras concesionadas, explica la Dirección General de Estudios Legislativos del Senado de la República en una análisis de estas asociaciones.

 

¿Entonces cuál es la aportación de esta ley?, que en adelante están incluidas todas las obras de la federación y no sólo algunas estatales, contestó el especialista López Velarde.

 

Los proyectos de mayor interés para los inversionistas y para el sector bancario son los que ofrece la Secretaría de Comunicaciones y Transportes como paquetes carreteros, terminales y administraciones portuarias, además de trenes, entre otros.

 

A pesar de esta ley, los proyectos siguen siendo obra pública, es decir se adjudicarán mediante un proceso de licitación a la mejor oferta económica. La diferencia con la nueva ley radica en que si el concesionario rebasa las expectativas planteadas el Estado podrá otorgar incentivos adicionales a los previamente pactados en el contrato.

 

Esta modalidad ya aplica en los contrato incentivados de Petróleos Mexicanos adjudicados para la exploración de gas no asociado en la Cuenca de Burgos o bien los que aplica Comisión Federal de Electricidad a través de los productores independientes de energía (IPP’s).

 

En el caso de CFE, los IPP’s generan electricidad para vendérsela a la paraestatal si estos incurren en incumplimiento hay una sanción y a la inversa, si CFE deja de cumplir o hay una contingencia está obligada a pagar una indemnización, tal como documenta en sus estados financieros, aquí reporta una reserva por 85 mil 612 millones de pesos.

 

La Ley de Asociaciones Público – Privadas, agregó el especialista, ofrece certidumbre jurídica a los bancos que financiaran los proyectos al permitir cláusulas de contingencia. Anteriormente con la ley de obra pública no existía esta garantía; en caso una contingencia no había garantía sobre la inversión.