La virtual candidata presidencial del PAN, Josefina Vázquez Mota no incurrió en actos anticipados de campaña al emitir spots en los que se ostenta como candidata, resolvió el el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Los spots fueron emitidos en el periodo de precampaña, justo cuando Acción Nacional realizaba su selección interna.
La propuesta era revocar la resolución del Consejo General del IFE y pedir que emitiera una nueva en que se analizara si Vázquez Mota había incurrido en actos anticipados de campaña por denominarse candidata.
Sin embargo, ante una dividida votación el proyecto de sentencia elaborado por el magistrado Flavio Galván Rivera quedó frenado.