El Tribunal Electoral federal absolvió a los candidatos Josefina Vázquez Mota y Andrés Manuel López Obrador de supuestas violaciones a la ley electoral, aunque determinó sancionar a los partidos políticos que los respaldan por esos mismos hechos.
Los magistrados determinaron que no sólo los partidos y los candidatos pueden incurrir en violaciones por actos anticipados de precampaña, sino también los ciudadanos cuando lo hacen en favor de un tercero, por lo que decidieron sancionar a Oscar Cantón Zetina por actos de proselitismo en favor de López Obrador en Tabasco.
El Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la facultad del PAN para designar a sus candidatos por la vía plurinominal para el Congreso de la Unión, con lo cual se confirmó la candidatura del alcalde de Monterrey, Fernando Larrazábal, que fue impugnada por militantes panistas de Nuevo León.
Conforme a la reforma electoral, que por primera vez estará vigente para un proceso electoral, y ante las constantes acusaciones entre los partidos políticos, los magistrados resolvieron 46 medios de impugnación sobre diferentes hechos provenientes de todo el país.
La imputación a la panista derivó de los promocionales donde se ostentó como candidata del PAN a la Presidencia de la República cuando aún era precandidata de ese partido y competía con otros correligionarios suyos en la búsqueda de la candidatura; hecho por lo que sancionó con más de medio millón de pesos al PAN.
Sobre los promocionales en los que personajes de la cultura hicieron proselitismo en favor de López Obrador los magistrados ratificaron la resolución del IFE en el sentido de que se trató de actos anticipados de campaña que deben ser sancionados para inhibir conductas similares.
En este caso, la magistrada ponente María del Carmen Alanís propuso sancionar a López Obrador por considerar que resultó beneficiado de esas acciones, sin embargo el resto de los magistrados sostuvo que el entonces precandidato sólo tuvo una actitud pasiva, por la cual no podía ser sancionado.
En tanto, quedó pendiente analizar posibles sanciones para las televisoras por no acatar las medidas cautelares que ordenaron la suspensión de estos promocionales, que se siguieron transmitiendo a pesar de la orden para suspenderlos.
Sobre la impugnación de militantes panistas de Nuevo León a la forma en que el PAN eligió sus candidatos al Congreso por la vía plurinominal, los magistrados resolvieron que la designación se apegó a las normas internas del partido y cumplió con la debida fundamentación y motivación.
(Con información de Notimex)