Los orígenes del constitucionalismo mexicano están ahí. En “La Pepa”, que nació ayer hace doscientos años aunque su gestación fue larga y el entuerto doloroso.

 

A la Constitución de Cádiz se le llama así porque se promulgó el 19 de marzo de 1812, día de San José, en el Oratorio de San Felipe Neri, en aquella ciudad puerto entre el Atlántico y el Mediterráneo. El ordenamiento se trasladó a las colonias americanas y aunque su promulgación causó inconformidades de gobierno virreinal, su cumplimiento obligado fue breve y tardó años en insertarse en el espíritu de los independentistas mexicanos.

 

La historia es un poco complicada y tiene que ver con la crisis política de España al comenzar el siglo XIX con la invasión de las tropas francesas, la abdicación de Carlos IV a favor de su hijo Fernando VII, abdicación de éste a favor de su padre y luego la abdicación de Carlos IV a favor de Napoleón y el estímulo de éste para favorecer la creación de una Constitución favorable a su monarquía aunque muchos españoles desconocían y se rebelaban el gobierno napoleónico.

 

Naturalmente esto impactó a las colonias americanas que debían decidir si crear su propio gobierno o esperar la restauración de la monarquía española para continuar la vida política como antes de los acontecimientos españoles. En México hubo ambigüedad entre los insurgentes (Allende), aunque predominó la idea de Hidalgo: la independencia.

 

La primera asamblea de las Cortes se llevó a cabo el 24 de septiembre de 1810 en la Isla de León y luego en Cádiz con 303 representantes, de los que 37 eran americanos (siete de México); algunos eran monárquicos, otros liberales o los de ultramar cuyas ideas que eran propias a los intereses de las colonias.

 

La Constitución de Cádiz está dividida en diez títulos y son 384 artículos con predominio de las ideas liberales de la época, ahí los constituyentes consignaron: el principio de la soberanía nacional que emana del pueblo y es propia de éste; limita la monarquía hereditaria; establece la división de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial); instaura los derechos y deberes de los ciudadanos, reconoce la libertad de imprenta como un derecho inalienable y el de la libre expresión, por tanto… Y más.

 

Extraordinariamente la Constitución gaditana define a la Nación Española como “la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios”, lo que significa que reconocía como españoles a todos los hombres libres nacidos y avecindados en los dominios de las “Españas”, a los hijos de éstos, igualmente a los extranjeros que hayan obtenido de las Cortes carta de naturalización.

 

El documento le debe mucho al pensamiento de Rousseau, a Montesquieu y a los postulados liberales emanados de la Revolución Francesa, en particular en lo que se refiere a la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 y a la Constitución Francesa de 1791.

 

Sin embargo para los independistas mexicanos lo que ocurría en Cádiz en 1810 era poco menos que ajeno a pesar de la presencia allá de siete representantes mexicanos, entre los que destacan Miguel Ramos Arizpe y José Miguel Guridi y Alcocer, en realidad poco se sabía de los debates del constituyente gaditano. Algunas noticias se publicaban en el periódico virreinal y aun en el Despertador Americano de Miguel Hidalgo, pero casi siempre con indiferencia.

 

El 30 de septiembre de 1812 se juró en México la Constitución de Cádiz. Ya habían muerto Hidalgo, Allende, Aldama y Jiménez; con todo, de inmediato se comenzaron a publicar bandos con prevenciones para intentar acomodar las viejas instituciones al nuevo mandamiento aunque no se llevaran a cabo del todo.

 

Por ejemplo, la Ley de Imprenta en un país con tradición de periodismo desde las Hojas Volantes, Páginas o Anónimos críticos e, incluso, el dicho Despertador Americano insurgente.

 

El virrey Venegas leyó desde el Palacio Virreinal: “todos los cuerpos y personas particulares de cualquier condición y estado que sean tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas, sin necesidad de licencia, revisión o aprobación”.

 

No obstante, el mismo virrey Venegas la dictó y pronto se negó a hacerla vigente, aunque el espíritu libertario había permeado en el periodismo de principios de la segunda década del siglo XIX mexicano y ya era inevitable esta libertad, vista en periódicos como “Con que podemos hablar” de Carlos María de Bustamante o como “El pensador mexicano” de Lizardi.

 

En todo caso, fue hasta 1814 cuando la Constitución de Cádiz se incorpora al pensamiento constitucional de México cuando Morelos redactó la Constitución de Apatzingán. Ahí se percibe su estructura del Estado y gobierno mexicanos, hay una combinación del liberalismo gaditano con el ideal mexicano de una constitución propia e independencia y, de ahí en adelante, Cádiz ha estado presente en las Constituciones mexicanas.

 

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