El Consejo General del IFE determinó que el Presidente de la República violentó lo estipulado en el Artículo 134 de la Constitución al enviar cartas a contribuyentes tributarios, con lo que contravino la normatividad electoral.

 

En medio de un largo y ríspido debate se aprobó por siete votos a favor y dos en contra el proyecto que declara fundado establecer un procedimiento especial sancionador, por las cartas fechadas el 14 de marzo del 2012.

 

Asimismo en contra del titular de la Coordinación de Estrategia y Mensaje Gubernamental, así como del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, al acreditarse la conductas denunciadas por el PRI.

 

“Se ordena al Secretario Ejecutivo del IFE dar vista con copia certificada de la presente resolución y del expediente de mérito, al Titular del Órgano de Control Interno de Presidencia de la República, por lo que hace a la responsabilidad de la Coordinación de Estrategia y Mensaje Gubernamental; así como al Secretario de Hacienda, en lo que se refiere a la responsabilidad del Jefe del Servicio Administración Tributaria”, asentó el acuerdo.

 

Además se consideró fundado otro procedimiento especial sancionador en contra del Director General de Pemex, así como del Gerente de Comunicación Social de Petróleos Mexicanos, del titular de la Unidad de Comunicación Social y Vocero de la Secretaría de Hacienda.

 

Ello por un desplegado que apareció en un diario nacional con motivo la expropiación petrolera, donde se destaca la asistencia del titular del Ejecutivo Federal a un evento en Coatzacoalcos y se señalan datos como la producción de Pemex.

 

En el debate del tema, el consejero electoral Marco Antonio Baños recordó que se enviaron alrededor de 200 mil cartas impresas y más de 700 mil vía electrónica. “Creo que hay una violación al Artículo 134 constitucional, conforme a los criterios del IFE y del propio Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”.

 

Rogelio Carbajal, representante del PAN ante el IFE, rechazó que se haya violentado la Constitución por parte del Ejecutivo Federal, porque una carta no es comunicación social.

 

“El contenido de la resolución se equivoca al calificar una carta personalizada como Comunicación Social”, dijo y recordó que el Presidente de la República no está aspirando a ningún cargo de representación popular, ni hay ninguna promoción personalizada y por tanto no se violó la Constitución.

 

La consejera electoral Macarita Elizondo votó en contra del acuerdo y dijo que se debía deslindar de responsabilidad al Presidente de la República, porque no hay elementos para decir que una carta con firma de facsímil fue avalada por el titular del Ejecutivo Federal o salió de su oficina.