Por unanimidad, el Senado avaló la Ley General de Víctimas que obliga al Estado a otorgar asistencia y protección a personas afectadas por la inseguridad o la violación de sus derechos humanos, además de garantizarles el pago de hasta 500 veces el salario mínimo mensual como reparación del daño causado.

 

Al aprobar esa legislación y enviarla a los diputados, la Cámara de Senadores cumplió el compromiso que asumió ante el Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad que encabeza Javier Sicilia en los diálogos del Castillo de Chapultepec, celebrados en julio de 2011.

 

En ese sentido el presidente de ese órgano legislativo, José González Morfín, subrayó que “hoy quedó honrado un compromiso que el Senado asumió con el movimiento en 2011, en el Castillo de Chapultepec”.

 

A propuesta del legislador perredista Carlos Sotelo, el pleno senatorial guardó un minuto de silencio en memoria de las víctimas de la violencia y/o de violaciones a sus garantías fundamentales.

 

Ante familiares de afectados, representantes de organizaciones civiles e integrantes del Movimiento, como el vocero Emilio Álvarez Icaza, el senador Jesús Murillo Karam subrayó que con esta ley se obliga al Estado a actuar para evitar la victimización, así como a generar la reparación del daño.

 

A propuesta de Tomás Torres Mercado del PVEM, el pleno senatorial aprobó modificaciones a los Artículos 16, 24, 71, 140, 146 y 147 de esa legislación, que refuerzan su contenido.

 

La Ley General de Víctimas establece que el Estado otorgará asistencia y protección a las víctimas, además de garantizarles el pago de hasta 500 veces el salario mínimo mensual en el Distrito Federal como reparación del daño causado.

 

El afectado por el delito podrá acceder de manera subsidiaria al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación integral, que no será paraestatal, cuando la institución médica que la atiende no cumpla las disposiciones que la obligan a cubrir los costos de atención y servicios sanitarios.

 

También se obliga a los tres niveles de gobierno a garantizar ayuda, asistencia y reparación del daño a quienes padezcan violaciones a sus derechos humanos, y las víctimas podrán participar en el proceso de adopción y aplicación del reglamento a nivel nacional.

 

El Estado intervendrá en la resolución de los casos sin perjuicio de las responsabilidades y sanciones administrativas, periciales y civiles que resulten, al tiempo que adoptará medidas de no repetición para evitar que los afectados vuelvan a ser objeto de violaciones.

 

En el caso de personas desaparecidas, esos derechos podrán ser ejercidos por sus familiares.

 

De igual forma se crean el Sistema Nacional de Víctimas y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, como órgano vigilante y de control de esa legislación, que permitirá la participación directa de los afectados y organizaciones de la sociedad civil.

 

Además se integra el Registro Nacional de Víctimas para que tengan acceso oportuno y efectivo a la ayuda, atención y reparación integral, así como para que haya cifras exactas “sobre el número de ellas y la cifra negra de las que no quieren denunciar pero desean que su caso se registre”.