Los 25 comerciantes ambulantes que la semana pasada fueron detenidos tras enfrentarse a golpes en pleno Eje Central con granaderos de la policía capitalina, ya fueron declarados formalmente presos por el delito de sabojate, el cual es considerado como grave y podría acarrearles hasta una pena de 15 años de cárcel.
El juzgado 51 en Materia Penal del Reclusorio Preventivo Oriente consideró que había elementos de prueba suficientes en el expediente consignado por el Ministerio Público, para proceder en contra de los detenidos y abrir el juicio correspondiente.
Entre las personas detenidas y que irán a juicio se encuentra Graciela Edtih Coronel Barrios, hija de la líder histórica de los ambulantes Alejandra Barrios, y quien se encarga de coordinar a miles de los comerciantes que ilegalmente se instalan en calles del Perímetro A del Centro Histórico.
Autoridades de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) indicaron que el delito de sabotaje se encuentra estipulado en el artículo 363 del Código Penal capitalino.
Dicho artículo sanciona a quienes “trastornen la vida económica, política, culutural o social” de la ciudad, a través de diversos métodos, entre los que se encuentran “dañar, destruir y entorpecer las vías de comunicación” u “obstruir servicios públicos”. No alcanza fianza.
Los hechos de este caso se remontan a la tarde del 12 de junio, cuando policías preventivos recibieron la instrucción de retirar a los comerciantes ambulante que estaban instalados en la acera oriente del Eje Central Lázaro Cárdenas a la altura del Perímetro A del Centro Histórico.
Ante la negativa de los comerciantes ilegales, efectivos del agrupamiento de granaderos llegaron al lugar, iniciándose así el enfrentamiento. Durante casi una hora los ambulantes, alentados por sus líderes, agredieron con todo tipo de objetos a los uniformados quienes se protegieron con sus escudos.
El incidente terminó cuando los policías recibieron la orden de responder a la agresión, y detuvieron a 32 comerciantes en total, de los cuales siete resultaron ser menores de edad por lo que fueron liberados.
A causa de esta protesta y durante casi una hora, el tránsito sobre el Eje Central estuvo totalmente interrumpido, al igual que el servicio del Trolebús en ambas direcciones, lo que afectó a centenares de pasajeros. Durante ese lapso, también tuvieron que cerrar múltiples comercios establecidos ante el temor de daños o saqueos.
En su análisis técnico jurídico, la Agencia 50 Central del Ministerio Público consideró que las situaciones mencionadas eran suficientes para configurar el delito de sabotaje.
Entre los elementos de prueba aportados por la PGJDF se encuentra el material de video de las cámaras de seguridad pública instaladas en toda la zona, fotografías de medios de comunicación y del propio gobierno capitalino, así como las declaraciones de los policías y de testigos.
De las 25 personas que fueron consignadas, dos son mujeres que fueron trasladadas al Centro Femenil de Readaptación Social Santa Martha Acatitla; mientras que los 23 hombres restantes fueron recluidos en el Reclusorio preventivo Varonil Oriente.
La pena que contempla el artículo 363 del Código Penal en caso de que los procesados sean encontrados culpables por el delito mencionado, incluyen de 5 a 15 años de prisión, y la suspensión de derechos políticos de uno a siete años.
Se trata de la primera vez durante el gobierno de Marcelo Ebrard, que se procede penalmente por sabotaje en contra de ambulantes en un enfrentamiento. En otras circunstancias similares se había procedido por delitos menos graves como resistencia a particulares o lesiones.