El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) concedió medidas cautelares para el retiro inmediato de los promocionales que consideraron denigrantes contra los candidatos presidenciales del PRI y del PAN.
En su sesión de este día, el TEPJF revocó dos acuerdos del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) que se había negado a intervenir para investigar y retirar del espacio público estos promocionales.
Uno de ellos son los espectaculares que una empresa privada, al parecer de origen estadunidense, difundió en diversos estados del país, en los que afirmaba que el candidato presidencial del PRI, Enrique Peña Nieto, es infiel con su esposa, pero fiel con su país, al parecer con el fin de promocionar algunos servicios maritales.
El Partido Revolucionario Institucional (PRI) se inconformó con esos espectaculares y solicitó al IFE que investigara y ordenara su retiro, pero el órgano electoral adujo que por tratarse de una empresa privada, no sujeta a la legislación electoral como los partidos y los candidatos, no podía intervenir.
Ante la negativa, el PRI apeló la decisión y el caso llegó al TEPJF, donde los magistrados resolvieron otorgar las medidas cautelares para ordenar el retiro inmediato de esos espectaculares que aparte de ser denigrantes y de inmiscuirse en la vida privada del afectado, tienen la intención evidente de aprovechar la contienda electoral.
Los magistrados hicieron notar que si se adoptara el criterio de que los particulares no están sujetos a la ley electoral en el periodo de veda que comienza esta noche, cualquier persona física o moral privada podría difundir propaganda electoral sin limitación alguna, escudándose en la libertad de expresión.
Los magistrados del TEPJF otorgaron las medidas cautelares solicitadas para investigar y evitar el despliegue de la campaña, donde una agrupación política denominada Movimiento Indígena Popular difunde un promocional contra la abanderada presidencial del Partido Acción Nacional (PAN), Josefina Vázquez Mota.
En este caso esos anuncios tienen la leyenda “Chepina, gracias por participar”, al que los magistrados le encontraron una evidente intención de afectar del voto de la candidata panista.
Entre los 41 asuntos resueltos hoy, los magistrados resolvieron por mayoría de cuatro a tres confirmar la resolución del IFE de no sancionar al presidente Felipe Calderón por su presentación ante los consejeros de Banamex de una encuesta, donde la candidata panista estaba a cuatro puntos del priista Enrique Peña Nieto.
El PRI sostenía que el jefe del Ejecutivo había violado los principios de imparcialidad y objetividad a que están obligados los servidores públicos, en tanto que la Consejería Jurídica de la Presidencia alegó que el presidente es inmune y por tanto se le debería absolver de la denuncia.
Los magistrados Manuel González Oropeza, Flavio Galván Rivera y María del Carmen Alanís consideraron que la falta que se le atribuía al mandatario no era grave ni tiene consecuencias en los resultados de la elección.
Sostuvieron que efectivamente hay un error, un desliz que es necesario señalar aunque no tenga una sanción específicamente prevista, porque todos los funcionarios independientemente de su nivel deben sujetarse a la ley.
Sin embargo, los otros cuatro ministros, que son Salvador Nava, Pedro Esteban Penagos, Constancio Carrasco y Alejandro Luna argumentaron que no se configuraba la infracción señalada porque el presidente de la República se limitó a presentar un panorama de la situación de México en la que incluyó la contienda electoral.
El magistrado presidente, Alejandro Luna Ramos, hizo notar que para ellos el presidente no es intocable o inmune, tal como lo alegaba la Consejería Jurídica de la Presidencia, sino que simplemente en este caso no encontraron elementos para señalarlo.
Al respecto, puntualizó que sí lo han hecho en otras ocasiones, donde le han reprochado violaciones a la Constitución, aunque sin decretar sanción alguna porque la ley no la prevé