La reforma a la ley electoral de 2007, que permite el recuento “voto por voto y casilla por casilla” cuando entre el primero y segundo lugar en una elección sea igual o menor a 1%, no fue suficiente para ser aplicada en la contienda para senadores por Nuevo León, por lo que el representante del PAN ante el consejo electoral local, Hernán Salinas, la califica como “insuficiente y poco específica”.
Esto luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocara la sentencia de la Sala Regional de Monterrey, la cual ordenaba el recuento de voto por voto en el caso de la elección de senaduría en el estado de Nuevo León, ya que la diferencia entre la fórmula panista y la priista, fue de .87%.
El argumento de la Sala Superior fue que el procedimiento solicitado por Acción Nacional no fue el correcto, pero Salinas argumenta que uno de los problemas fue la interpretación diferente que hubo entre la sala regional y la superior y que aun si esta ley hubiera existido en 2006 -elección que suscitó dicha reforma- y se hubiera querido aplicar a una elección federal, bajo una interpretación estricta, el recuento no hubiera podido realizarse.
“En una aplicación estricta como la que dio la Sala Superior, bajo la circunstancia que se dio en el proceso de 2006, que fue lo que motivó a esta reforma, aun con esta ley no hubiera habido recuento, porque la interpretación es que solamente es válido el recuento cuando en cada uno de los distritos la diferencia es menor a 1% sin tomar en cuenta cuál es la diferencia total en la elección global. En este caso del Senado, fue a nivel estado”, asegura.
El abogado encargado de representar al PAN en este recurso legal explica que si se toma el caso de Nuevo León como ejemplo, la ley necesita ser más específica en lo que respecta al recuento total de votos en las elecciones al Senado y a la Presidencia de la República, ya que ésta sólo se refiere de manera genérica a la aplicación de las reglas del cómputo de la elección a diputado federal, la senaduría y la primera magistratura.
Salinas explica que esta situación presenta un “área de oportunidad” para una posible modificación futura. “Prácticamente asemeja en el recuento a la elección del Senado y de presidente de la República, la elección de diputado federal, cuando su naturaleza es distinta y el querer aplicar las mismas reglas al proceso de recuento en materia del Senado y diputados nos parece incorrecto”, dice.
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