El IFE llamó a todos los actores políticos a esperar la conclusión legal de los procesos de fiscalización de los gastos de campaña. Por ley, el instituto tiene hasta la tercera semana de enero de 2013  para entregar los resultados.

 

En el instituto recordaron que, de hecho, los partidos tienen hasta el 8 de octubre de este año para seguir entregando información sobre los gastos de campaña. En esta fecha, los institutos políticos deben entregar al IFE el tercer y último informe de estas erogaciones. Estas cifras, en todo caso, serán las que más se acerquen a los datos reales.

 

A pesar de que los partidos políticos han entregado informes previos en materia de gastos de campaña al IFE, la ley contempla plazos para corregir errores y omisiones de documentos entregados con anterioridad. Esto significa que pueden hacer correcciones y solventar las observaciones que les vaya haciendo la Unidad de Fiscalización.

 

El IFE aseguró que mientras las investigaciones continúen, ni el Instituto ni la Unidad de Fiscalización emitirán información detallada sobre los procedimientos.

 

Por este motivo, sólo han dado a conocer datos globales y se reservarán la información detallada, a fin de resguardar la materia que sustentará sus aseveraciones.

 

Explicaron, además, que han respondido puntualmente a los requerimientos de información del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

 

Por su parte, el TEPJF rechazó la solicitud del movimiento lopezobradorista con la cual pretendían que este tribunal urgiera al IFE a agilizar los trabajos de fiscalización de la campaña de PRI-PVEM. De manera unánime, los magistrados indicaron que no tienen atribuciones para ordenar qué pasos debe dar otra institución con autonomía plena.

 

En la misma sesión, los magistrados dejaron claro que las empresas de comunicación no son “terceros interesados”, por lo que no se les debe entregar información de las investigaciones, tal como ha ocurrido y como denunció la coalición de partidos de izquierda.

 

Advirtieron que la posibilidad de reconocer la calidad de “tercero interesado” es a quienes justifiquen tener un interés legítimo derivado de las condiciones que se precisan en la ley.