Luego del recuento de mil 125 casillas, sólo 356 votos que corresponden a 156 casillas, fueron objeto de alguna observación por parte de los partidos políticos, por lo que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó su validez o nulidad.
Este viernes, los siete magistrados de la Sala Superior determinaron calificar por unanimidad el conteo y reasignar los votos reservados por los representantes de los partidos políticos al identificar alguna anomalía en las boletas durante el recuento del pasado ocho de agosto.
Sin embargo, el magistrado Flavio Galván Rivera consideró que los errores presentados durante el recuento, no inciden de manera significativa en los cómputos distritales, aun cuando estos votos sean reasignados a los partidos que correspondan.
De acuerdo con los magistrados, los criterios adoptados para determinar la validez o nulidad de los votos, permitiría respetar la voluntad que expresaron en las urnas los ciudadanos el pasado primero de julio.
“Si el ciudadano manifiesta su voluntad marcando la boleta de manera diferente a lo ordinario, pero de ésta se advierte la intención del elector de votar por una opción política en particular, debe tenerse por válido el sufragio, pues sólo en extremos de incertidumbre, debe considerarse que un voto no cumple con los requisitos de validez y, por tanto, debe anularse”, puntualizó el magistrado Pedro Esteban Penagos.
Por su parte, la magistrada María del Carmen Alanís Figueroa detalló que estos incidentes no llegan a representar ni el uno por ciento del total de la elección presidencial, por lo que aseguró que estos errores de ninguna manera afectan el resultado.
Con información de Milenio y El Universal