Al resolver que es competencia de un juez de distrito el caso de homicidio del indígena Bonfilio Rubio Villegas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó inconstitucional aplicar el fuero militar cuando existe una víctima civil en la comisión de un delito por parte de un elemento de las fuerzas armadas.

 

Con una mayoría de ocho votos a favor, el pleno del Alto Tribunal determinó inconstitucional lo señalado en el artículo 57 del Código de Justicia Militar, en cuya fracción segunda, inciso a, señala que los militares que cometan delitos en contra de civiles deben ser juzgados por autoridades castrenses.

 

Este es el primer amparo que se resuelve para que un militar inculpado en el homicidio de un civil sea juzgado ante un juez federal, con una votación de ocho ministros, por lo cual de registrarse cuatro fallos más con ese mismo resultado podría sentarse jurisprudencia, para que todos los órganos jurisdiccionales se obliguen a respetar este criterio.

 

Ayer, en el amparo en revisión 133/2012, promovido por el padre y el hermano del indígena guerrerense, Bonfilio Rubio Villegas, asesinado en 2009 por militares cuando viajaba en un autobús, se resolvió que sea un juez de distrito quien falle sobre este asesinato.

 

Y aunque cuatro ministros se pronunciaron en contra de preservar la sentencia emitida por el juez de distrito, que ya había aplicado ese criterio y el cual fue  impugnado por la Secretaría de la Defensa Nacional, al final una mayoría de seis de ellos determinó que se dejaba tal cual la resolución y que no era necesario, en los efectos, dejar sin validez la orden de aprehensión, que ya había sido dictada en contra del Valentín Alejo Hilario, el militar inculpado.

 

En el debate sobre los efectos del fallo, la mayoría en mención determinó que el juez federal tiene las facultades para revisar la actuación del juzgado militar, que tenía la causa penal en mención y que, con base en los elementos que encuentre, puede determinar las acciones que consideré para procesar y sentenciar al militar.

 

El pasado lunes ya se había sentado con la resolución de este amparo el precedente de que los familiares de la víctima de homicidio cometido por militares puedan solicitar que sean juzgados ante un tribunal civil y no ante un órgano de justicia militar.

 

Durante el debate del primero de los 28 amparos relacionados con el fuero militar que analiza el pleno de la Corte, el abogado del Centro de Derechos Humanos Tlachinollan, Santiago Aguirre –el cual brindó asesoría a los familiares del indígena naua-, advirtió que mandos militares habían presionado al padre de Bonfilio, Secundino Rubio, para que aceptará una indemnización por el homicidio de su hijo a cambio de que se comprometiera a abandonar cualquier acción judicial en contra del soldado.

 

El debate sobre el fuero militar se reanudará el próximo lunes, porque mañana jueves en la sesión ordinaria del pleno, se discutirá un asunto electoral de urgente resolución.