El magistrado Flavio Glaván concluyó que es infundado el juicio de invalidez de la elección presidencial debido a que el Movimiento Progresista no presentó pruebas suficientes.

 

En una calificación estricta la mayoría de los conceptos de agravio presentados por el Movimiento Progresista, “son inoperantes por vagos, genéricos e imprecisos y por no señalar circunstancias de tiempo modo y lugar”, agregó.

 

En específico precisó que no fueron suficientes para considerar que se entregaron tarjetas Monex y Soriana, y si se dieron, dijo, no hay pruebas para validar que fueron a cambio del voto en favor de Enrique Peña Nieto, candidato de la alianza Compromiso por México.

 

En la Sesión Pública del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en que discuten el proyecto de resolución señaló que el recurso expuesto por la izquierda mexicana fue extemporáneo, ya que fue presentado el 12 de julio, es decir, dos días después del plazo indicado.

 

Resaltó que pese a esto, no optaron por el camino fácil, “y haciendo la interpretación más favorable al demandante, a la demandante en este caso, admitimos la demanda y hoy proponemos su resolución.”

 

Explicó, basándose en el artículo 75 de la legislación actual, que la presentación de los recursos de nulidad por las causales previstas en el mismo se prevé únicamente dentro de los cuatro días siguientes a la conclusión de los cómputos distritales.