Como era de esperarse, el debate sobre las reformas a la Ley Federal del Trabajo que envió el presidente Felipe Calderón a la Cámara de Diputados subirá de tono en los próximos días, a medida que se acerca la fecha límite que impone la ley para que los legisladores den respuesta a una iniciativa preferente del Presidente de la República.

 

Cualquier debate público y civilizado sobre propuestas como ésta deben ser bienvenidos en una democracia. Pero más aún deben serlo los debates informados. Un debate público sobre un tema tan relevante para la población -como las reformas laborales- que no se asienta en información fidedigna -sino en información sesgada o manipulada- es una trampa que lleva a conclusiones erróneas y a apasionadas defensas de intereses ajenos.

 

Por eso en asuntos como las reformas laborales propuestas es importante acudir a los documentos originales enviados por el Ejecutivo al Congreso antes de prestar atención a declaraciones o a interpretaciones de segunda mano.

 

Leí con interés la Iniciativa de Decreto para reformar la Ley Federal del Trabajo que presentó el presidente Calderón y, en general, no me pareció que sea el monstruo “come trabajadores” que algunos políticos y líderes sindicales han descrito en sus declaraciones a la prensa. Más bien diría que es una iniciativa de reforma laboral sensata, proviniendo de un gobierno de derecha, y en este sentido incluso diría que es cuidadosa en el tratamiento de los derechos de los trabajadores.

 

Por ejemplo, en asuntos que pueden ser polémicos como la inclusión de nuevas modalidades de contratación como “los periodos de prueba”, los “contratos de capacitación inicial” o los “contratos para trabajo de temporada”, la reforma plantea candados para evitar abusos de los patrones como que “los contratos se celebren por escrito”, que éstos “sean improrrogables” y que “no puedan aplicarse dentro de una misma empresa al mismo trabajador, simultánea o sucesivamente, ni en más de una ocasión”. Sin embargo, estas nuevas modalidades abren la oportunidad para que los trabajadores bajo estas nuevas modalidades de contratación gocen de un empleo formal con los mismos derechos que tiene un trabajador con contrato permanente.

 

Otro caso que podría ser polémico en esta reforma es que fija un límite máximo de 12 meses para la indemnización de salarios vencidos en caso de un juicio laboral. El hecho es que actualmente es una práctica nociva de algunos abogados laborales “alargar” indebidamente los juicios con la intención de obtener mayores indemnizaciones y, claro, mayores “tajadas”. La ley incentiva a agilizar la resolución de los juicios laborales.

 

La reforma también regula la subcontratación de personal o outsourcing -mecanismo del que se ha abusado para eludir el pago de obligaciones patronales- y plantea una serie de medidas que amplían la protección a los menores de 14 años y a las mujeres en los ámbitos laborales.

 

Es decir, seguramente que la iniciativa de reforma laboral puede mejorarse en diversos ámbitos e incluso podría ser mucho más ambiciosa que lo presentado al Congreso, pero una lectura cuidadosa de su letra no describe al monstruo “come trabajadores” que algunos dicen que es.

 

Mañana volveremos al asunto.

 

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