El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los partidos que integraron el Movimiento Progresista (PRD, PT y Movimiento Ciudadano), deberán ser multados por el IFE por el promocional “Miles de Pruebas”.
Ello al considerar que en este promocional se calumnió y denigró al PRI y a su candidato presidencial, Enrique Peña Nieto, y que también se afectó el prestigio de la cadena de tiendas de autoservicio Soriana.
Seis de los siete magistrados presentes en la sesión de este día coincidieron en que “no está protegido por la libertad de expresión” el promocional en el que el Movimiento Progresista hace alusión a la compra del voto y posible lavado de dinero por parte del PRI en el pasado proceso electoral.
Consideraron que aparte de los actores políticos señalados también hay afectación para la persona moral Tiendas Soriana, cuyo recurso de apelación fue declarado procedente, pese a que en primera instancia el Consejo General del IFE lo había declarado infundado.
Al considerar que se trataba de un mismo asunto, los magistrados del máximo tribunal electoral acumularon los medios de impugnación interpuestos tanto por Tiendas Soriana, como por los partidos del Movimiento Progresista.
Soriana se quejaba de que su denuncia había sido desestimada por el Instituto Federal Electoral (IFE), y los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT), y Movimiento Ciudadano (MC) defendían que el promocional esta amparado en la libertad de expresión.
En este contexto, los integrantes del TEPJF dieron la razón a Soriana y ordenaron al IFE que en un plazo de 10 días emita una nueva resolución en la que considere fundados los agravios hechos valer por Soriana e individualice las multas que se le debe imponer a cada uno de los tres partidos responsables del promocional “Miles de Pruebas”.
En otro asunto, los magistrados de la Sala Superior declararon, también por unanimidad, procedente la apelación del PRD contra el Consejo General del IFE, que se negó a abrir un proceso sancionador contra la encuestadora GEA/ISA por haber difundido una encuesta político-electoral, fuera de los plazos establecidos por la ley.
El Instituto Federal Electoral argumentó que la conducta denunciada por el PRD era de carácter penal y por ello, en lugar de abrir un proceso sancionador administrativo, turnó el caso a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade).
El Tribunal revocó esa resolución y consideró que una vía no excluye a la otra, puesto que la misma conducta se puede investigar y eventualmente sancionar, tanto en el ámbito político como en el administrativo, por lo cual ordenó al IFE emitir una nueva resolución.
En su sesión de este día, el Tribunal Electoral de la Federación desahogó en total 16 juicios de impugnación, la mayoría de los cuales fueron desechados por no cumplir con los supuestos de procedencia.
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