Creada hace cuatro años por la Procuraduría General de la República (PGR) para combatir la trata de personas, los delitos contra mujeres y la explotación sexual, la fiscalía únicamente ha conseguido sólo dos sentencias condenatorias en contra de delincuentes, por almacenar y distribuir digitalmente y a gran escala pornografía infantil.

 

Datos de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA), revelan que desde 2009 han sido enviados a los juzgados un total de 15 presuntos ciberpederastas, de los cuales cinco quedaron libres y ocho siguen bajo proceso, además de los dos sentenciados.

 

En entrevista con 24 HORAS, la titular de la FEVIMTRA, Nelly Montealegre Díaz, dijo que la falta de legislación en el país y la propia complejidad de este tipo de delitos, donde las pruebas son virtuales y no físicas, han dificultado la obtención de resultados satisfactorios en el corto plazo.

 

De hecho, las dos únicas sentencias condenatorias obtenidas por la FEVIMTRA en contra de los ciberpornógrafos, fueron resueltas apenas en 2011. Según Montealegre, hay cerca de 85 averiguaciones abiertas, pero hasta agosto de este año sólo se tenían dos sentencias condenatorias.

 

Se trata de una realidad jurídica que contrasta con los diagnósticos de diversos organismos nacionales e internacionales, que han identificado a México como un paraíso de la producción y distribución de pornografía infantil, a través de medios electrónicos.

 

Por citar un ejemplo, Ecpat International, que agrupa a una red de mundial de organizaciones especializadas en el tema, en su último Informe global de monitoreo de las acciones contra la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, identificó al país como el segundo mayor productor de pornografía, y con al menos 100 sitios en internet con este tipo de contenidos.

 

La organización advirtió en su informe que esta situación se veía potencializada en México por la pobre legislación en materia de posesión y distribución de este material a través de Internet.

 

Lo dos sentenciados

 

La primera sentencia obtenida por FEVIMTRA fue contra el canadiense Arthur Leland Sayler, radicado desde hace dos décadas en Tijuana, Baja California, y quien desde su domicilio administraba 36 sitios de Internet con contenido pornográfico infantil. En su domicilio fueron asegurados servidores, con un total de 4.40 terabytes de material pornográfico, entre imágenes y video.

 

Como en casi todos los casos, la alerta que permitió ubicar a este sujeto vino del extranjero, en este caso de Alemania. Su identificación y localización exacta, fue producto del trabajo de un año y medio con el área de delitos cibernéticos de la Policía Federal.

 

Al ser el primer caso en su tipo, agregó la fiscal, existieron también dificultades en el proceso e, incluso, hubo inspecciones judiciales que se prolongaron por 27 horas. “El juez, en algún momento, solicitó que se le imprimieran los 4.45 terabytes, hasta que se le explicaron que se necesitarían cinco pisos”, apuntó.

 

La segunda sentencia condenatoria obtenida por FEVIMTRA en contra de un ciberpederasta, de 29 años de prisión, fue contra Mauro Rodríguez Hernández Torres, quien desde San Luis Potosí producía pornografía infantil, al abusar a menores en condición de calle, para luego distribuir el material a varios países vía Internet, e incluso mediante sistemas de intercambio de información peer to peer.

 

En este caso fueron organizaciones civiles en Estados Unidos que rastrean ciberpederastas las que detectaron que un mexicano, con el alias de Maclovio, distribuía la pornografía. El rastreo de direcciones IP y búsqueda en redes sociales, permitió ubicarlo y detenerlo.

 

Falta legislación y experiencia

 

Montealegre Díaz consideró que la falta de legislación relacionada con el Internet y la ausencia de regulaciones sobre las empresas que proveen este servicio ponen a México en una posición de desventaja frente a otros países en lo relacionado a combate de pornografía infantil en las redes virtuales.

 

En particular, comentó que no existe en el país una normativa que obligue a estas empresas a alojar en sus servidores el material que circula por cuentas de correo electrónico u otros medios de información en la red.

 

“En México hemos avanzado mucho, hay grandes esfuerzos, pero todavía nos falta regular un poco más esa parte de obligar a las empresas a que tengan reservada la información por un margen de tiempo que nos permita llegar a ese punto”, indicó.

 

También reconoció que la investigación de delitos sustentados únicamente en evidencia digital, como sucede con los ciberpederastas, es un trabajo que apenas se viene realizando desde el 2009 a nivel federal.

 

“La diversificación de los dispositivos electrónicos se vuelve para nosotros algo que nos implica mayor esfuerzo en la investigación (…) hay evidencia digital, pero que a partir de eso sea tu único medio probatorio, cambia un poco el esquema de la investigación y de la argumentación”, concluyó.

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