Por mayoría de 6 votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), rechazó la propuesta de dar marcha atrás al recurso de apelación promovido por los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo y Movimiento Ciudadano, en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral (CGIFE) por el que se aprobaron los lineamientos para la destrucción de las boletas electorales de 2006, y acordó su turno a otro magistrado para que elabore un nuevo proyecto de resolución.

 

 
Los integrantes del pleno manifestaron su disenso con el proyecto de sentencia elaborado por el magistrado Manuel González Oropeza, quien propuso suspender el proceso jurídico para impugnar el acuerdo CG660/2012 del CGIFE debido a que el mismo órgano emitió un nuevo acuerdo, el CG714/2012 a través del cual resolvió suspender por tiempo indefinido la destrucción de la documentación electoral en atención a la solicitud de medidas cautelares formuladas por el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas.

 

 

El magistrado ponente argumentó que su propuesta no implica denegación de la justicia, pues el sobreseimiento no significa que se haya llegado a la conclusión de considerar como “cosa juzgada” el medio de impugnación promovido ante el TEPJF, sino que sólo decreta la suspensión de un proceso por falta de causas que justifican el acceso a la justica.

 

Dijo que la pretensión de los partidos de suspender la destrucción de la papelería, quedó colmada con el segundo acuerdo emitido por el CGIFE.
Los magistrados Pedro Esteban Penagos López, Flavio Galván Rivera, María del Carmen Alanis Figueroa y José Alejandro Luna Ramos se pronunciaron a favor de rechazar el proyecto de resolución y dar un nuevo turno al recurso de apelación, por lo que se instruyó a la Secretaría General de Acuerdos a realizar el trámite correspondiente para que un magistrado distinto elabore un nuevo proyecto de sentencia.

 

Por otro lado, el pleno confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del estado de Colima que ratificó el acuerdo del Consejo general del Instituto Electoral de la entidad, para asignar al partido Movimiento Ciudadano únicamente el 1.5% del monto por el financiamiento total, de la parte igualitaria, que le corresponde a los partidos políticos para el sostenimiento de sus actividades ordinarias.

 

Avaló también el fallo del Tribunal Estatal electoral de Sinaloa, que ordenó al Consejo Electoral estatal el financiamiento público ordinario al Partido Sinaloense, como instituto político de nueva creación y cuyo presidente es Héctor Melesio Cuén Ojeda.