El presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, Ernesto Cordero Arroyo, explicó que la finalización de la sesión del jueves fue apegada al artículo 59 del reglamento interior de la cámara alta, pues sólo registraron 64 votos y se requerían 65 para continuar, negando así que su halla fungido como coordinador parlamentario del Partido Acción Nacional.

 

En entrevista con MVS Noticias, el legislador explicó que el quórum se mide con los votos emitidos, y en la discusión de ayer sobre las reformas a la Ley orgánica de Administración Pública, específicamente la fusión de las Secretarías de Gobernación y la de Seguridad Pública, se registraron únicamente 64.

 

“Nosotros no tenemos ningún afán de obstaculizar, sólo se quiere controles sobre el comandante de la policía de México”, dijo Cordero Arroyo, sobre las críticas del Partido Revolucionario Institucional, que ayer subieron a tribuna luego de la orden de Cordero para terminar la sesión.

 

“Si bien el PAN (Acción Nacional) no está de acuerdo en que la SSP regrese a la Segob, en un afán de darle la oportunidad al presidente Peña (…) hemos dejado que se organice como quiera”, pero recalcó la necesidad la ratificación y comparecencia para evitar ir en contrasentido de otros países democráticos donde los poderes de seguridad y de política están claramente separados.

 

Al preguntarle sobre la postura de Emilio Gamboa Patrón, presidente de la Junta de Coordinación Política –sobre la necesidad de una reforma constitucional para que el titular de la Segob y de la SSP sea ratificado por el Senado–, Cordero lo negó.

 

Según el panista, actualmente el Senado ratifica los vocales del Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB),  consejeros del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), comisionados la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) e incluso, en un mismo día, al propio titular de la Procuraduría General de la República (PGR), y ello no está estipulado en la Constitución.

 

Cordero confirmó que se la próximo sesión será el martes a las 11 de la mañana en la Cámara de Senadores.

 

 

Según el artículo 59 de la Cámara del Senado:

 

Artículo 59
1. La sesión inicia una vez que se declara el quórum, el cual se constituye con la asistencia de la mitad más uno de los integrantes del Senado.
2. Si en el transcurso de la sesión se produce la falta de quórum en alguna votación nominal, el Presidente declara concluida la sesión.

 

3. Si durante el desarrollo de una sesión algún senador reclama el quórum y la falta de éste es notoria, basta una simple declaración del Presidente para dar por concluida la sesión. Cuando la falta de quórum sea dudosa, se procede a su comprobación y, de ser el caso, se levanta la sesión.

 

4. Los asuntos que quedan pendientes en una sesión así conclcluida, se integran en el Orden del Día
de la siguiente sesión.