El titular de la Procuraduría General de la República (PGR), Jesús Murillo Karam, consideró que la decisión de la Corte de liberar a Florence Cassez es un llamado de atención a las autoridades encargadas de realizar los procedimientos penales, lo que hace necesario acelerar la entrada de un nuevo procedimiento como son los juicios orales para mejorar las técnicas de investigación.

 

El procurador descartó que este fallo pueda aplicarse a otros sentenciados, pues en Derecho Penal cada asunto es independiente.

 

Al ratificar su respeto a la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pues “nuestra obligación es en ese sentido”, explicó que en el caso Cassez las evidencias comprobaron los errores en los procedimientos, independientemente de su culpabilidad o no en el delito de secuestro por el que estaba sentenciada a 60 años.

 

Por otra parte, al ser cuestionado sobre qué pasará con las víctimas, Murillo Karam recalcó que estarán atentos a lo que se tenga que hacer para que éstas no se sientan desprotegidas, “debemos apegarnos a los derechos humanos para evitar que esto vuelva a suceder”.

 

Respecto a si incurren en alguna irresponsabilidad quienes llevaron el caso, el titular de la PGR dijo que eso habrá que determinarlo con precisión, aunque el fallo de la corte -reiteró- sí significa una crítica a los sistemas de procuración de justicia.

 

Dijo que en caso de que Florence Cassez fuera culpable, estos sí representaría una derrota para la justicia mexicana, “pero fundamentalmente es un llamado de atención a la forma de proceder de quienes elaboramos las averiguaciones y las evidencias que pueden conducir a un debido procedimiento”.

En cuanto al caso de los militares acusados de vínculos con el crimen organizado, el funcionario federal dijo que buscarán procesos limpios que reflejen la verdad, y hasta ahora “lo que hay son evidencias de los testigos protegidos pero nada que las confirme”.

 

Por ello, reiteró que se revisarán las figuras del testigo protegido y el arraigo, del cual dijo debe aplicarse sólo de manera excepcional cuando el interés jurídico a proteger sea mayor, por lo que cuando se considere que alguien es inocente, se aplicará la suspensión del arraigo.

 

En el caso de la figura de testigos protegidos, explicó que cuando se trata de delincuentes, sus dichos se tienen que confirmar de manera contundente con evidencias.

 

Se está tratando de recuperar la confianza de la gente en el Ministerio Público, “la forma más fácil de que la Procuraduría y la Policía Federal funcionen es cuando tienen la confianza de la ciudadanía. Ganar la confianza a de la ciudadanía es la tarea”, expresó.