A partir de octubre todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales, deberán contar con un seguro que cubra daños a terceros.
Así se publicó ayer en el Diario Oficial de la Federación con la reforma a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
En la publicación se determina que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá las reglas para la operación de dicho seguro, procurando la accesibilidad económica y la disponibilidad para su contratación. Para tal efecto se establecerá un monto mínimo de cobertura de la póliza de seguro.
La verificación del cumplimiento de esta nueva disposición estará a cargo de la Secretaría de Gobernación a través de la Policía Federal.
En el caso de que la Policía Federal constate que algún vehículo no cuente con la póliza de seguro solicitada, esta impondrá una multa de 20 a 40 días de salario mínimo, misma que sería cancelada si se demuestra la contratación del seguro en un plazo no mayor de 45 días.
También se asienta que por ningún motivo se podrá obligar a los propietarios de los vehículos a que contraten el seguro con alguna institución en específico.