La Procuraduría General de la República (PGR) deberá informar cuántas de las 37 personas más buscadas en el país están en prisión o fueron extraditadas, señaló el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).

 

La PGR deberá además precisar cuántas de esas personas vinculadas a los cárteles del narcotráfico, mencionadas en el Acuerdo A/123/09, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de marzo de 2009, y por las que se ofreció recompensa, están en proceso penal, en prisión o fueron extraditadas.

 

El ordenamiento fue dado a conocer luego que un particular requirió dicha información y conocer cuántas de las personas mencionadas fueron aprehendidas.

 

A través del Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia (Cenapi), la PGR respondió que la información pública relacionada con ese documento se encuentra disponible en el “Portal de Recompensas”.

 

No obstante, el solicitante al ingresar el número del acuerdo encontró que la información era incompleta, pues sólo se enlistan las personas por las que se ofrece recompensa, estatus actual de detenido, extraditado, occiso o prófugo.

 

Ante tales circunstancias, el particular presentó un recurso de revisión ante el IFAI que fue turnado a la comisionada Jacqueline Peschard, en el que manifestó que en dicho portal no obra la información requerida por el solicitante.

 

En alegatos, la PGR respondió que carece del material solicitado, por lo que en el análisis del caso, la comisionada Peschard expuso que en el mencionado portal se puede consultar cuántas de las 37 personas han sido capturadas.

 

Sin embargo, el Cenapi no explicó por qué no cuenta con la información respecto de las personas que siguen en proceso penal, en prisión o fueron extraditadas.

 

Asimismo, comentó que la PGR turnó la solicitud de acceso al Cenapi, el cual es competente para conocer de la información, no obstante, omitió turnar la solicitud de acceso a todas las unidades administrativas que podrían contar con esos datos.

 

Mencionó que las fuentes de información son la Dirección General de Procedimientos Penales Internacionales, que interviene en los casos de extradición internacional.

 

Asimismo, la Dirección General de Control de Procesos Penales y Amparo en Materia de Delincuencia Organizada, que interviene en procesos penales federales, competencia de las unidades especializadas adscritas a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO).

 

Por ello, la comisionada Peschard consideró que la PGR cuenta con los sistemas Informático de Procuración de Justicia Federal y el Institucional de Información Estadística, en los que obran datos relacionados con los procesos penales y su avance.

 

También concluyó que el pronunciamiento sobre la inexistencia no fue puesto a consideración del Comité de Información, lo cual redunda en la falta de certeza que se tiene en relación con el resultado del procedimiento de búsqueda que realizó el sujeto obligado.

 

A propuesta de la comisionada, el pleno del IFAI resolvió modificar la respuesta de la PGR en los siguientes términos: revocó la inexistencia respecto de la información relativa a cuántas de las personas referidas en el acuerdo se encuentran en prisión, siguen proceso penal o fueron extraditadas.

 

Además instruyó a la PGR a buscar la información en los archivos de las unidades administrativas que resulten competentes, entre las que no podrá omitir las direcciones mencionadas.

 

Confirmó la respuesta de la procuraduría, en relación a cuántas de las 37 personas referidas fueron arrestadas, en virtud de que en el portal electrónico al que remitió a la particular es posible consultar dicha información.