Bajo la figura jurídica de “enlace conyugal”, el Congreso local aprobó la unión civil entre personas del mismo sexo, quienes tendrán los mismos derechos y garantías civiles y sociales que tienen el hombre y la mujer unidos en matrimonio.
Así, y con el voto en contra de los dos diputados locales del Partido de la Revolución Democrática (PRD), se aprobó por mayoría el dictamen con el que se reforma el artículo 147 de la Constitución Política del Estado, para establecer la figura jurídica de los enlaces conyugales, a fin de formalizar las uniones entre personas de un mismo sexo.
Con ello, se acepta legalmente la existencia de dos tipos de relaciones conyugales, como son el matrimonio, que se define como el acto celebrado entre un solo hombre y una sola mujer, y el enlace conyugal, entre dos personas del mismo sexo.
El presidente de la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios de la 57 Legislatura local, Martín Flores Castañeda, afirmó que ambas figuras garantizarán los mismos derechos y obligaciones en las leyes reglamentarias, principalmente en materia de sucesión legítima y seguridad social.
“Con esta nueva figura, se da certeza a las personas homoparentales que deseen formalizar su unión en pareja, y aunque aún falta un camino por recorrer, se construyen acuerdos para que la sociedad colimense adopte en buenos términos esta medida constitucional”, dijo.
Recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene tesis encontradas sobre el tema, “y entre ellas está la sugerencia que hizo para que los poderes legislativos de los estados crearan figuras jurídicas, para que las parejas homoparentales tuviesen garantizado el derecho a unirse en pareja”.
El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, Arturo García Arias, aseveró que la reforma constitucional define a matrimonio y enlace conyugal “como las uniones que se establecen por medio de un contrato civil celebrado entre dos personas, con la finalidad de formar una familia, establecer un hogar común, con voluntad de permanencia, para procurarse y ayudarse mutuamente en su vida”.
Asimismo, “a quienes celebren una relación conyugal, ya sea matrimonio o enlace conyugal, se les denominará indistintamente, cónyuges, consortes, esposos o casados”.
La nueva figura de enlace conyugal regula las relaciones civiles entre las personas que tienen la intención de formar una familia y compartir un proyecto de vida en común, preservando la figura del matrimonio, “como la propia costumbre de la sociedad colimense la ha contemplado en el transcurso del tiempo”.
“El objetivo de la iniciativa consiste en generar condiciones incluyentes sin discriminación, siendo los principios de igualdad y no discriminación la piedra angular del presente tema, a la vez que expone que la universalidad de los derechos fundamentales es considerada la característica más importante de los derechos humanos en su concepción moderna”, puntualizó.
A partir de que se entregue la minuta correspondiente a los 10 ayuntamientos de la entidad, correrá un plazo de 30 días para que los cabildos aprueben o no la reforma constitucional, y en caso de ser respaldada al menos por la mayoría, se realizarán las reformas a los códigos Civil y de Procedimientos Civiles.