Las cuentas bancarias y bienes en México de Raúl Salinas de Gortari, hermano del ex presidente de la República, permanecerán congelados hasta que resuelva la apelación que interpuso la Procuraduría General de la República (PGR) en su contra, tras ser absuelto de los delitos de enriquecimiento ilícito y peculado.

 

Los  224 millones de pesos, depositados en 12 cuentas, así como sus 41 propiedades, inmuebles y muebles, permanecerán en resguardo del Poder Judicial Federal y de la PGR, hasta que se resuelva la apelación por parte de un Tribunal Unitario, último recurso para emitir un fallo.

 

En la sentencia absolutoria a favor de Raúl Salinas, emitida por el juez 13 de Distrito, no se pronuncia sobre el dinero depositado en Suiza e Inglaterra, porque no le fue puesto a disposición y, de acuerdo a la Procuraduría General de la República le fue devuelto al hermano del ex presidente en 2007, en total 74 millones de dólares.

 

“…por otra parte, no se hace pronunciamiento alguno en relación a las cuentas bancarias abiertas en los países de Suiza e Inglaterra, puestas a disposición del Juez Décimo Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, en relación a la causa penal 54/2002; en los términos señalados en el considerando sexto de esta resolución”, notificó el juez de Distrito través del tercer resolutivo de la sentencia.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) divulgó ayer, a través su portal de Transparencia, la sentencia dictada  por el juez de primera instancia en contra de Raúl Salinas de Gortari, la cual revisará el Segundo Tribunal Unitario.

 

Las 41 propiedades se ubican en el Distrito Federal, estado de México, Guerrero, Jalisco, Morelos, Querétaro, Oaxaca, Baja California Sur y Puebla, y sólo podrán ser descongeladas en cuanto se resuelva en definitiva la sentencia por el órgano superior.

 

“Una vez que cause ejecutoria esta sentencia, levántese el aseguramiento de los bienes inmuebles y muebles, así como derechos y cuentas bancarias afectas a la causa”, precisa la sentencia.

 

Junto con Raúl Salinas fueron exonerados Jesús Gómez Portugal Montenegro y Juan Manuel Gómez Gutiérrez de la comisión del delito de enriquecimiento ilícito, pues no se llegó a confirmar que el principal indiciado de la causa haya obtenido 224 millones de pesos, depositados en 12 cuentas, así como sus 41 propiedades, inmuebles y muebles a través de métodos ilegales aprovechando sus cargos públicos.

 

“Por sentencia definitiva dictada 19 de julio del 2013 se determinó que no eran penalmente responsables los sentenciados Raúl Salinas de Gortari,  Jesús Gómez Portugal Montenegro y Juan Manuel Gómez Gutiérrez de la comisión del delito de enriquecimiento ilícito. En virtud de que no quedó demostrado que el enriquecimiento o incremento patrimonial que se le atribuyó al primero de los mencionados hubiera sido con motivo de sus empleo, cargo o comisión en el servicio público que desempeñaba”, concluye el juez.

 

Fortuna de Salinas, inexplicable pero no ilícita

 

Raúl Salinas de Gortari aumento su fortuna considerablemente y de forma inexplicable, sin embargo, según las conclusiones de juez federal no existen pruebas de que sea culpable de enriquecimiento ilícito proveniente de actos de corrupción cuando era funcionario federal, por ello obtuvo una sentencia absolutoria el pasado 19 de julio.

 

La Procuraduría General de la República (PGR) acusó a Salinas de Gortari de obtener 224 millones de (en aquel tiempo) nuevos pesos utilizados en la compra de propiedades.

 

“El patrimonio de Raúl Salinas se incrementó sustancialmente durante el periodo comprendido de enero de 1985 a abril de 1992, en una proporción que no es acorde con los ingresos que recibió por los cargos públicos que desempeñó”, señala el dictamen acerca de la riqueza del hermano del ex presidente Carlos Salinas de Gortari.

 

Tras un juicio de 17 años y 3 meses, el juez federal Carlos López Cruz llegó a la conclusión de que Raúl Salinas se enriqueció de una manera inexplicable, sin embargo, esto no fue suficiente para establecer una conexión con el delito de enriquecimiento ilícito: “pues la ilicitud a que se refiere este tipo penal deviene estrictamente de que el incremento patrimonial sea resultado de un abuso en el ejercicio del servicio público, al aprovecharse ya sea del estatus o de las atribuciones que le son conferidas”.

 

“La ilicitud del enriquecimiento está circunscrita a la temporalidad en que el servidor público desempeñó el cargo, y a que el incremento patrimonial sea consecuencia de que el activo del delito se aprovechó del empleo, cargo o comisión públicos (…) con independencia de que la evolución patrimonial de Salinas haya sido la consecuencia de una acertada inversión de sus haberes, o de diversas razones que pudieran justificar o no, contable y financieramente ese incremento, no es procedente que ese enriquecimiento se etiquete de ilícito”

 

Originalmente, la PGR acusó a Raúl Salinas de desviar ilegalmente 207 millones de (en aquel tiempo) nuevos pesos de una partida secreta correspondiente a la Presidencia de la República entre los años 1990 y 1994. En aquel periodo era presidente de la República Carlos Salinas de Gortari.

 

La PGR apeló la sentencia absolutoria del juez al considera que no fue correcta la valoración de las pruebas presentadas, por lo que el Segundo Tribunal Unitario será el encargado de analizar la apelación sobre la sentencia absolutoria dictada por el Juez 13 de Distrito en Procedimientos Penales Federales.

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