La SEP podrá dar por terminada la relación jurídica con los docentes, directivos y supervisores de educación básica y media superior cuando éstos incumplan con los procesos de evaluación, capacitación y actualización, según lo establece la iniciativa de Ley del Servicio Profesional Docente enviada ayer al Congreso de la Unión.
En su artículo 74, la propuesta legislativa señala que “el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 69 (relativas a las obligaciones de los profesores) dará lugar a la terminación de los efectos del nombramiento correspondiente, sin responsabilidad para la autoridad educativa (…) sin necesidad de que exista resolución previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje…”
De igual manera, la ley propuesta establece la posibilidad de terminar la relación laboral cuando los trabajadores dejen de laborar en la escuela o centro de trabajo al que fueron asignados.
El paquete de iniciativas firmado por el Ejecutivo y entregado ayer a la Comisión Permanente del Congreso, incluye además la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y una propuesta de reformas a la Ley General de Educación.
Los tres textos fueron turnados a la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados para su discusión. En entrevista, el senador Juan Carlos Romero Hicks prevé que por lo menos la Ley del INEE y la general de Educación estén aprobadas antes del 26 de agosto, aunque confió en que los diputados y senadores logren consensuar las tres legislaciones para esa fecha.
La ley del Servicio Profesional Docente es la más polémica, ya que establece el método de ingreso de los nuevos docentes, así como la evaluación y permanencia de los profesores en activo, temas que han provocado confrontación entre los legisladores, la Secretaría de Educación Pública y el sindicato magisterial.
Sin embargo, el documento subraya que “la iniciativa está construida sobre la base de la confianza en los maestros y apuesta a su vocación y potencial”.
El martes pasado, el titular de la SEP, Emilio Chuayffet insistió en que los derechos de los profesores están protegidos en esta ley. “No hay mayor problema para que los maestros con derechos adquiridos, la evaluación no debe ser punitiva sino un sistema de acompañamiento”.
No obstante, la legislación indica que los profesores en activo tendrán tres oportunidades en menos de 36 meses para acreditar la evaluación correspondiente, de no hacerlo serán reasignados a otras labores o podrán incorporarse a un programa de retiro.
Los maestros que participen en el concurso de oposición para obtener una plaza en el magisterio estarán en un “periodo de inducción” por dos años, en los que contarán con un tutor y material de apoyo para aprobar sus evaluaciones anuales.
Una vez que concluya este periodo se someterán a una última prueba donde los examinadores determinarán si en la práctica favorecen al aprendizaje de los alumnos. De no hacerlo, se dará por terminado su nombramiento, es decir, perderá su trabajo como maestro en la educación pública.
De ser aprobada la ley, tal como la envió el Ejecutivo, esta disposición entrará en vigor a partir de junio de 2014, es decir antes de que comience el ciclo escolar 2014-2015.
Desecha Corte solicitudes de amparo
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó la petición de análisis de cuatro quejas presentadas por trabajadores del sistema educativo en contra de las reformas en la materia.
El pasado mes de abril, el Poder Judicial de la Federación negó la protección a miles de maestros quienes iniciaron demandas de amparo en contra de las reformas educativas a los artículos 3 y 73 de la Constitución Mexicana.
Conforme a la nueva Ley de Amparo establece que no se puede otorgar la protección de la justicia en contra de reformas constitucionales, la Segunda Sala regresó la petición al Tribunal de Puebla, ya que la SCJN no tiene competencia para el estudio de la causa.