El juzgado Primero ordenó la liberación bajo las reservas de ley a 19 comuneros de Aquila, Michoacán, mientras que 12 quedaron sujetos proceso por sólo por su responsabilidad en el delito de uso y portación de arma de uso exclusivo del Ejército.

 

El juez de Procesos Penales Federales con sede en Villa Aldama, Veracruz, informó que con base al Exhorto 3695/2013-V relacionado con el llamado caso Aquila, resolvió que ninguno de los inculpados era penalmente responsable del crimen de delincuencia organizada.

 

“Al no haberse acreditado los elementos constitutivos del cuerpo del ilícito de delincuencia organizada con la finalidad de cometer el delito de acopio de armas, previsto en el artículo 2, fracción II, y sancionado en el diverso artículo 4, fracción II, inciso b), de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada”

 

De esta manera sólo quedaron sujetos a proceso por portación de arma: Uvaldo Villanueva Ramírez, Francisco Analco Marmolejo, Elías Villanueva Ramírez, Pablo Paulino Martínez, Guillermo Orozco Gutiérrez, Jorge Mendoza Cruz,  Octavio Farias Cruz, Ramiro Villanueva Ramírez, Juan Cruz Farias, David Paulino Barragán, Luis Mario Cambrón López, Javier Magaña Valdez.

 

“Portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, primero el previsto y sancionado en el artículo 83, fracción III, en relación con el artículo 11, inciso c), de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, con la agravante prevista en el último párrafo del citado numeral 83”.