La Procuraduría General de la República (PGR) violó las garantías individuales de Sandra Ávila Beltrán al internarla en un penal de máxima seguridad, a pesar de contar con una suspensión provisional para impedirlo, resolvió el Quinto Tribunal Colegiado en Material Penal.
Al resolver el recurso de queja que interpuso la defensa de La Reina del Pacífico, los magistrados determinaron, sin embargo, que ya no podrá ser excarcelada del Centro Federal de Readaptación Social del Noroeste, ubicado en Tepic, Nayarit, ya que es un hecho consumado, y su reclusión forma parte de una causa penal vigente.
El juez Cuarto de Distrito el que deberá revisar a fondo y decidir en definitiva, dentro el juicio de amparo, si debe permanecer en un penal de máxima seguridad Ávila Beltrán, procesada por el delito de lavado de dinero, pero al no enfrentar cargos por delincuencia organizada, consideran sus abogados, no se justifica su estancia en Centro de Tepic.
“Ahora, si al emitirse esta resolución ya ha sido ejecutada la orden de reclusión reclamada, entonces la suspensión provisional tendrá el efecto de que la quejosa quede a disposición del juez de garantías por lo que hace a su libertad personal, y a disposición de la autoridad responsable que deba conocer del procedimiento al que se encuentre sujeta, en el sitio al cual haya sido trasladada o recluida, hasta en tanto se provea sobre la suspensión definitiva”, ordenó el Tribunal en su resolución del recurso de queja 56/2013.