El juez Primero de Distrito con sede en Hermosillo analiza el expediente que envió la Procuraduría General de la República sobre la investigación de la tragedia en la Guardería ABC, donde perdieron la vida 49 niños.
En su momento, el juez de la causa se deberá pronunciar sobre la responsabilidad penal en contra de los servidores públicos involucrados, entre ellos el ex gobernador de Sonora, Eduardo Bours, y el ex director del IMSS, Juan Molinar Horcasitas, y en su caso el Ministerio Público solicite las órdenes de aprehensión.
El pasado 27 de agosto, el Juez Primero de Distrito del Quinto Circuito declaró insubsistente la resolución del no ejercicio de la acción penal en contra de los servidores públicos involucrados en el siniestro de la Guardería ABC, bajo la administración del Instituto Mexicano del Seguro Social, por ello se ordenó reabrir el caso.
En días anteriores, después del pronunciamiento del juez de Distrito en Hermosillo, quien otorgó el amparo a tres madres de menores que perdieron la vida, la PGR envió el expediente del caso al impartidor de justicia para su estudio.
Autoridades judiciales informaron que a 20 días del pronunciamiento del juez en materia de amparo, el asunto se encuentra en la etapa de análisis y revisión de la averiguación previa que envió la PGR.
El personal consultado aseguró que en caso de que se liberen las órdenes de aprehensión, será la PGR quien informe al respecto, ya que la Judicatura tiene un impedimento legal para hacer referencias sobre la determinación.
A través del fallo judicial en los considerandos del expediente 879/ 2012, se dice: “La justicia de la Unión ampara y protege a Mayra Valle, Juana Luna Hernández y Emma Valdez Benítez, con respecto que reclamaron del Agente del Ministerio Público de la Federación, afiliar del Procurador General de la República y del delegado Estatal de la Procuraduría General de la República, ambos en residencia en esta ciudad, por lo motivos que quedaron expuestos…”.
“Se otorga el amparo de la justicia federal, para que el efecto de la autoridad responsable deje insubsistente la resolución del 20 de junio del 2009, por la que determinó procedente autorizar la consulta de no ejercicio de la acción penal de la AP/PGR/SON/HER-V/225/2012, y con plenitud de la jurisdicción emita la resolución en el estricto cumplimiento a lo dispuesto al artículo 133 del Código Federal de Procedimientos Penales Federales…”.
Con base en ello quedó sin efectos la resolución del 2009, y se procedió a la revisión de la averiguación previa correspondiente, y en breve sean citados a declarar las partes involucradas en los hechos del 5 de junio del 2009, donde 49 niños perdieron la vida en un incendio, y 70 más resultaron lesionados.