Sandra Ávila Beltrán, conocida como La Reina del Pacífico, deberá permanecer en el penal Noroeste de Tepic, Nayarit, pues se le negó el amparo contra su reclusión en penales de máxima seguridad.
Antes de ser repatriada a México, desde Estados Unidos, Ávila Beltrán había conseguido el recurso que impedía que fuera apresada en un penal de máxima seguridad, pues no está el de delincuencia organizada, sólo por uso de recursos de procedencia ilícita, pese a ello fue recluida en el penal Noroeste.
El argumento central de la defensa, es que el delito por el que se le acusa no amerita estar internada en un penal de máxima seguridad.
La Reina del Pacífico había interpuesto un recurso de queja por este hecho, y pese que un Tribunal Colegiado le concedió la razón, ahora a través de una notificación en la lista de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal sobre el amparo 798/2013, le fue negada la suspensión definitiva en contra de la reclusión en el Centro Federal de Readaptación Social del Noroeste.
El pasado 27 de agosto, el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal concedió la razón a Sandra Ávila Beltrán en el recurso de queja 56/2013 que interpuso por supuestas violaciones a sus garantías individuales al haber sido internada en un penal de máxima seguridad pese a la suspensión provisional en contra de la reclusión.
Pese a ello, en sus justificaciones, el Tribunal Colegiado subrayó que no podría ser excarcelada ya que se trataba de un hecho consumado, y su reclusión forma parte de una indagatoria y causa penal vigente.
Por ello, el Tribunal ordenó que la mujer quedé a disposición del juez de garantías Cuarto de Distrito que lleva el asunto, mientras se resuelve el fondo y se concede o se niega la suspensión definitiva o el amparo en su totalidad.
“Ahora, si al emitirse esta resolución ya ha sido ejecutada la orden de reclusión reclamada, entonces la suspensión provisional tendrá el efecto de que la quejosa quede a disposición del juez de garantías por lo que hace a su libertad personal, y a disposición de la autoridad responsable que deba conocer del procedimiento al que se encuentre sujeta, en el sitio al cual haya sido trasladada o recluida, hasta en tanto se provea sobre la suspensión definitiva”, ordenó el Tribunal a través de la resolución en el recurso de queja 56/2013.
Esta determinación fue ratificada días después por el Juzgado de Origen, Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal, quien negó la suspensión definitiva a Sandra Ávila Beltrán, quien sigue presa en el anexo femenil del penal del Noroeste.