La Suprema Corte de Justicia de la Nación presentará el Protocolo de Actuación para el personal encargado de la impartición de justicia para el respeto de los derechos humanos de los migrantes, por el cual se establecen la bases para la aplicación jurídica de la reformas en dicha materia.
El fenómeno de la migración no es exclusivo de Centro y Sudamérica. Se ha establecido que su flujo a nivel mundial asciende a 214 millones de personas, es decir, una de cada 33 personas en el mundo no está en su país de origen. Y de estos, 40 millones son migrantes indocumentados.
Ante la reformas en las leyes migratorias que amparan y protegen a las personas que llegan a México sin documentación reglamentaria, el Poder Judicial de la Federación tiene la facultad de supervisar la actuación del resto de los poderes públicos, y en su caso enmendar y sancionar la inejecución total o parcial de las leyes establecidas.
“El Protocolo de Actuación para Quienes Imparten Justicia en caso que Afecten a Personas Migrantes y Sujetas a Protección Internacional”, resalta que compete al Poder Judicial la garantía de los derechos humanos de las personas en general, pero en particular de los migrantes en sus paso por nuestro país, al eliminar factores de riesgo de futuras violaciones a la garantías individuales.
Entre los capítulos de dicho Protocolo destaca el de Principios Generales, que aborda el tema de la “Presunción de inocencia”, el cual obra en el artículo 20 de la Constitución, y al igual que con los mexicanos se debe aplicar para los migrantes.
Gratuidad, beneficio de la duda y no devolución
Asimismo, se habla de “Gratuidad” de la impartición de justicia que no debe tener ningún costo para los extranjeros que se internan en México sin documentación oficial.
Y el “Beneficio de la duda”, el cual reconoce la dificultad de los migrantes de presentar pruebas para demostrar su inocencia, al igual se aplica la buena fe al momento en que solicitan asilo en México, argumentando algún tipo de riesgo en sus integridad.
Otro de los puntos que aborda y son destacables, es el de “No Devolución”, norma de prohibición para llevar a cabo cualquier medida que tenga como efecto devolver a la persona solicitante de asilo o refugiada a las fronteras del territorio donde su vida o libertad puedan verse amenazadas.
No más “ilegales”
Una de la prioridades de las autoridades es eliminar del imaginario colectivo y jurídico, el calificativo “ilegal” con el cual también se les conoce a los migrantes, vocablo utilizado principalmente en Estados Unidos.
Este tema, será ampliamente abordado durante la presentación del Protocolo que tendrá lugar el próximo 30 de septiembre en la sede de la Suprema Corte, ya que la palabra “ilegal” cuenta con una descalificación de origen, pues no sólo hace referencia a una persona que su estancia en un país determinado es “irregular”.
Si no que tiene una carga legal y social, y se asocia directamente con actividades ilícitas, de ahí que en determinados casos los migrantes sean tratados como “delincuentes” y no como personas que han tenido que salir de su país para poder sobrevivir.