La liberación del maestro tzotzil Alberto Patishtán mediante un indulto presidencial no significa que quede exonerado de la culpa que se le imputó en el año 2000, presuntamente por el homicidio de siete policías estatales en el municipio de Simojovel, Chiapas.

 

“Desde la perspectiva de la aplicación del derecho, el profesor Patishtán es libre, pero sigue siendo culpable”, dijo en entrevista Daniel Zapico, director ejecutivo de Amnistía Internacional Capítulo México, tras una conferencia de prensa este miércoles.

 

El abogado explicó a 24 HORAS que el indulto presidencial extingue la responsabilidad penal del acusado, sin embargo no reconoce su inocencia: “hubo una condena y fue válida para el Estado mexicano hasta el momento que se dio el indulto”.

 

Sin embargo, el abogado indicó que la adición al artículo 97 en materia de indulto abre otra perspectiva que establece “la extinción de la responsabilidad penal por graves violaciones a los derechos humanos, ya que la base del sistema de procuración de justicia debe ser el respeto a las garantías de las personas que son juzgadas, y si no se da este respeto no existe la certeza de que la persona acusada haya recibido un juicio justo y por ende no se puede demostrar que sea culpable”.

 

Según la adición publicada ayer en el Diario Oficial de la Federación y vigente a partir de este jueves, “el titular del Poder Ejecutivo Federal podrá conceder el indulto, por cualquier delito del orden federal o común en el Distrito Federal (…) cuando existan indicios consistentes de violaciones graves a los derechos humanos de la persona sentenciada”.

 

Asimismo, el texto señala que “el Ejecutivo deberá cerciorarse de que la persona sentenciada haya agotado previamente todos los recursos legales nacionales”.

 

Ante este hecho, Leonel Rivero, abogado defensor de Patishtán, alegó que el indulto que el presidente Enrique Peña Nieto hará llegar este día al maestro, está sustentado en la violación a tres derechos fundamentales: debido proceso, defensa adecuada y principio de presunción de inocencia, lo que hace que el proceso esté viciado de origen.

 

DECRETO RESTRICTIVO

 

Para Leonel Rivero, la adición al artículo 97 tiene un “candado” que hace a esta ley cuestionable, y es el hecho de que no establece un procedimiento para solicitar el indulto, sino que éste será otorgado por el Ejecutivo a título personal o por solicitud del Legislativo.

 

“Creo que hay muchos casos en el país que están en la misma situación que Alberto Patishtán, pero no tienen la capacidad para construir una campaña que demuestre su violación procesal, en ese sentido la norma es restrictiva”, apuntó.

 

Durante la discusión de la Ley en materia de indulto, hubo diputados que consideraron inatendible el aprobar el dictamen sobre la minuta, y la calificaron como pretensión de un grupo político de sacarla adelante para favorecer a una sola persona: Alberto Patishtán.

 

Un fracaso para la justicia mexicana: juristas

 

El indulto a Alberto Patishtán es un fracaso de la justicia mexicana, porque al otorgarlo se reconocen violaciones a sus derechos humanos y a la vez se descalifican los fallos judiciales y el estado de derecho, afirmaron juristas.

 

Israel Alvarado Martínez, doctor en derecho, advirtió que con dicha facultad se ha creado un ente alterno al Poder Judicial en materia de legalidad, además que el indulto podría ser utilizado con fines diferentes a garantizar el respeto a los derechos humanos, y aplicado con intenciones políticas, mediáticas o de cualquier índole.

 

“Esto (el indulto presidencial) se puede utilizar para situaciones o intereses más bien políticos, de conveniencia mediática o presiones de otro tipo”, advirtió.

 

Con la figura aprobada por la Cámara de Diputados, queda en entredicho el papel de los tribunales del país y sus determinaciones, y le confiere facultades al Ejecutivo que antes sólo tenía el Poder Judicial, que fue creado específicamente para salvaguardar el Estado de derecho.

 

Sin embargo reconoció que hay otra lectura sobre esta nueva figura, por la cual personas que fueron inculpadas injustamente a través de procesos que violentaron sus garantías individuales, tengan a la oportunidad de alcanzar su libertad, sólo que a criterio del Ejecutivo Federal.

 

“Por un lado se manda un mensaje que podría ser muy bueno en el sentido de que no se van a tolerar violaciones a los derechos humanos, y que en su caso va a ver una instancia que los va a resolver, que pudiera ser el Ejecutivo.

 

“La parte negativa es que se ubica en una situación de desconfianza absoluta en contra de los tribunales pues se les está diciendo que el Estado de Derecho lo va a garantizar el Ejecutivo y no el Poder Judicial, lo cual me perece inconveniente porque para eso fue creado precisamente el Poder Judicial”, dijo Alvarado Martínez.

 

Explicó que el hecho de crear una figura jurídica como esta pone en duda el papel de los tribunales, un órgano técnico especializado, cuyos integrantes previamente hicieron una revisión y no encontraron elementos suficientes como para determinar que hubo violaciones procesales que implicarían la concesión de un amparo para efectos de la libertad, en éste caso para Alberto Patishtán.

 

“Es una postura contradictoria, pues un órgano técnico, como lo es el Ejecutivo, ahora resuelva sobre la violación o no a derechos humanos, pasando por una determinación judicial, se puede interpretar que ahora hay una nueva instancias distinta pero superior, adicional a las que ya existen al nivel constitucional legalmente establecidas. Lo cual es en menoscabo de justicia pues perecería que hay un nivel alto nivel de escepticismo en la impartición de justicia”, dijo el especialista.

 

Por su parte, el abogado de Alberto Patishtán calificó como un rotundo fracaso de la justicia mexicana que su cliente haya alcanzado la libertad por un indulto que ellos no solicitaron, más que por una determinación judicial, pues el pasado 12 de septiembre un Tribunal Colegiado le negó nuevamente el amparo a su cliente y ahora a más de un mes, alcanzará la libertada por el indulto.

 

“Es un fracaso de la justicia, es un rotundo fracaso. Hay un trato diferenciado que la Corte ha dado a casos como el de Alberto Patistán y Florence Cassez; hay un trato diferenciado que el Poder Judicial de la Federación le ha dado a través del Tribunal Colegiado, y que por ejemplo que le dio a Elba Esther Gordillo, Caro Quintero y a Zorrilla Pérez. Es un trato diferenciado, una falla en la impartición de justicia de México, explicó el abogado Leonel Rivero Rodríguez.

 

CRONOLOGÍA

 

19 de junio de 2000. Alberto Patishtán es detenido y acusado por el asesinato de siete policías estatales que aconteció una semana antes en el municipio de Simojovel, Chiapas.

18 de marzo de 2002. Es condenado por lesiones y homicidio calificado, daños y portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército.

21 de octubre de 2011. El maestro tzotzil es trasladado del Cereso en el que se encontraba en Chiapas a una prisión federal ubicada en Guasave, Sinaloa.

26 de julio de 2012. Nuevamente es trasladado a la cárcel No. 5 de San Cristóbal de las Casas, en Chiapas.

6 de marzo de 2013. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina no atraer el Incidente de Reconocimiento de Inocencia presentado en favor del indígena sentenciado a 60 años de cárcel.

7 de marzo de 2013. El gobernador de Chiapas, Manuel Velasco Coello, aboga por la liberación de Patishtán.

12 de septiembre de 2013. El Primer Tribunal Colegiado de Tuxtla Gutiérrez declaró infundado el recurso para reconocer la inocencia de Alberto Patishtán y ratifica la sentencia de 60 años de prisión en su contra.

29 de octubre de 2013. El presidente Enrique Peña confirma que concederá el indulto al maestro este 31 de octubre, tas aprobarse en el Congreso una adición al artículo 97 del Código Penal Federal.

 

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