Debido a que la Cámara de Diputados no ha nombrado a los sustitutos de los cinco consejeros faltantes del IFE, los miembros restantes del instituto electoral tuvieron que desacatar los ordenamientos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) en lo que se refiere a la integración de comisiones y el nombramiento del consejero presidente.

 

Los consejeros rechazaron que hayan violentado las leyes, ya que a su parecer es “una interpretación jurídica” obligada ante la crisis que viven y para garantizar la gobernabilidad al interior del IFE.

 

“Sin embargo, en el propio Cofipe, hay dos disposiciones que no hemos violentado, pero que hemos tenido que interpretar a la luz de la situación excepcional del propio Instituto”, afirmó el consejero Lorenzo Córdova sobre el acuerdo al que llegó junto con María Marván, Marco Antonio Baños y Benito Nacif, para nombrar a este último como presidente provisional del IFE hasta el cuatro de diciembre.

 

En la víspera, el Consejo determinó la creación de una presidencia colegiada y rotativa, en la cual, cada consejero estará a la cabeza del órgano electoral por un mes.

 

El Cofipe no contempla un escenario en el cual la Cámara de Diputados no haya nombrado a un consejero presidente del IFE, por lo que, ante la salida de Leonardo Valdés, el pasado viernes los cuatro consejeros tuvieron que optar por una interpretación jurídica para darle gobernabilidad al Instituto Federal Electoral.

 

Los consejeros se basaron en el artículo 115 del Cofipe que señala: “en el caso de ausencia definitiva del consejero presidente del Consejo, los consejeros electorales nombrarán, de entre ellos mismos, a quien deba sustituirlo provisionalmente, comunicando de inmediato lo anterior a la Cámara de Diputados a fin de que se designe al que deba concluir el periodo del ausente, quien podrá ser reelecto para un periodo de seis años”.

 

De acuerdo con Lorenzo Córdova, “cuando hay una situación de excepcionalidad extrema, como la que hoy estamos viviendo, esas normas tienen que interpretarse y adecuarse para no impedir el adecuado funcionamiento de la institución”.

 

Otro de los ordenamientos es el referente a la integración de comisiones, el Cofipe señala que un consejero sólo puede presidir una comisión, “si las matemáticas no nos fallan, no nos dan los números como consejeros para poder integrar las comisiones de manera estrictamente legal”, por lo cual, tendrán que desatender esa norma hasta que los diputados nombren a los cinco miembros faltantes.