La Primera Sala la de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó el amparo por el cual el narcotraficante Rafael Caro Quintero alcanzó su libertad el pasado mes de agosto, por lo que se ordenó reponer el proceso.
Dicha resolución se da luego de que cuatro ministros votaron a favor de declarar inválida la fundamentación jurídica del Tribunal de Jalisco que concedió la libertad al capo mexicano, y un voto en contra por parte del ministro José Ramón Cossío.
El expediente regresará al Cuarto Tribunal Colegiado en materia penal con sede en Jalisco para “que dicte una nueva sentencia” sobre el caso.
Hace poco más de un mes, el 3 de septiembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió los recursos de revisión contra la libertad de Rafael Caro Quintero decretada por el primer tribunal colegiado en materia penal del tercer circuito debido a violaciones procesales.
Fueron dos los recursos de revisión interpuestos contra la sentencia del tribunal colegiado. El primero promovido por el agente del Ministerio Público de la Federación y otro por Enrique E. Camarena y Geneva Alvarado Camarena, estos dos últimos en calidad de terceros perjudicados como parientes que son del agente de la DEA asesinado por órdenes de Caro Quintero.
Cabe recordar que el juez cuarto de distrito en materia de amparo con sede en Jalisco concedió el amparo a Caro Quintero al considerar el delito de homicidio se tendría que castigar por la vía del fuero común y no por estancias judiciales federales.
Por otra parte, también se negó el traslado a un penal de mediana seguridad para Miguel Ángel Félix Gallardo, alias “El Padrino”, quien buscaba terminar su condena en una cárcel con menos restricciones.
Cabe recordar que Félix Gallardo también es coacusado de la muerte del agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar, por ello, si la corte hubiera ratificado el amparo a Caro Quintero, se estaría reconociendo los derechos en los mismos términos, para Félix Gallardo, quien también hubiera sido liberado por la vía del amparo.