El pago del salario mediante una tarjeta de débito no es legal si el empleado no ha dado su autorización y se impone de manera obligatoria, así lo determinó la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Los ministros otorgaron un amparo a una ciudadana que se negó a que le pagaran su sueldo a través de una tarjeta de débito, y consideraron que es ilegal con base al artículo 123.
“El salario deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo efectivo con mercancías, ni con vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda”, dice el artículo constitucional.
Esto no significa que el salario deba pagarse necesariamente en efectivo y, en consecuencia, que no sea jurídicamente posible implementar como sistema de pago el depósito o la transferencia electrónica a una cuenta bancaria, aclararon.
Dijeron que la norma constitucional prohíbe es el pago del salario a través de mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con el que se pretenda sustituir la moneda, precisamente como una forma de proteger el fruto del trabajo y de dignificar las condiciones de los empleados.
De acuerdo con el expediente, una ciudadana promovió el juicio de amparo contra del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, publicado en el Diario Oficial de la Federación en el 2010, por el cual se estableció el pago electrónico para el cobró de sus salario.
La persona consideró el dictamen violatorio de la Constitución Federal, sin embargo, el Juez Sexto de Distrito en Materia de Trabajo sobreseyó el juicio de amparo, pero la mujer apeló hasta que su asunto llegó a la Corte.