Los anuncios de comida “chatarra” y bebidas azucaradas podrán transmitirse en telenovelas, programas deportivos en vivo, noticieros y en general en cualquier programa en el que la audiencia no esté compuesta por más de 35% de menores entre cuatro y 12 años.

 

Esto, conforme a la iniciativa de reforma al Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Publicidad, dictaminada por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria en septiembre pasado, la cual establece que la industria alimentaria no podrá publicitar sus productos de 14:30 a 19:30 horas de lunes a viernes y los fines de semana de 7:00 a 19:00 horas, en programas dirigidos a menores de edad.

 

Cálculos del gobierno federal indican que con la implementación de la medida dejarán de transmitirse 60 mil 870 anuncios en televisión abierta, de paga y rural. Esto significa una pérdida de 140 millones de pesos para las televisoras, que equivalen a 4% de sus ingresos totales anuales por concepto de publicidad.

 

No obstante, la iniciativa señala que “a efecto de focalizar los resultados potenciales de la regulación y mitigar los costos de implementación que se deriven de ésta, quedan exentas las siguientes trasmisiones televisivas: telenovelas, deportes, noticieros, series y películas con clasificación B15, C y D”.

 

Para Gabriela Luna, investigadora del área de Economía de la Universidad Iberoamericana, la iniciativa de reforma está enfocada en franjas horarias, pero deja un vacío en la programación que también ven los menores de edad.

 

“Habla de franjas horarias infantiles, pero no especifica si el target del programa son niños. Por ejemplo, en el futbol podría argumentarse que no son niños. Creo que eventos especiales y deportivos van a estar libres de esta norma,”, explicó la especialista.

 

El documento de la iniciativa subraya que toda la programación en la que se Acredite mediante estudios que su audiencia no está conformada por más de 35% de personas de entre cuatro y 12 años, también estará exenta de la restricción.

 

Para comprobarlo, la industria alimentaria deberá ingresar encuestas de audiencia realizadas por una empresa ajena al medio de comunicación o el anunciante ante la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para acreditar el porcentaje establecido en la legislación.

 

Luna señaló que si bien hay un hueco en la legislación que permitirá la transmisión de este tipo de publicidad, la medida es un primer avance para que los menores estén menos expuestos a los anuncios de comida “chatarra”, y para que los padres de familia se hagan responsables tanto de los comerciales como de la programación que ven sus hijos y que no siempre es la adecuada para ellos.