La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó atraer el amparo promovido por el narcotraficante Ernesto Fonseca Carrillo alias “Don Neto”, y ordenó al Tribunal Colegiado que lleva el proceso, aplicar el mismo criterio utilizado en el caso de Rafael Caro Quintero.

 

Con ello se deberá ratificar la sentencia que mantiene a Fonseca Carrillo actualmente en prisión.

 

Igual que en el caso de Caro Quintero, Fonseca Carrillo argumentaba haber sido juzgado por el fuero federal cuando los delitos por los que purga una condena son del fuero común, pero la Primera Sala de la SCJN rechazó ejercer su facultad de atracción y devolvieron el caso al Tribunal Colegiado.

 

Pero además de devolverlo, le ordenaron al Tribunal Colegiado que considere lo ya resuelto en el caso de Rafael Caro Quintero, esto es, que efectivamente de trata de un asunto del fuero federal y no del fuero común, como alegaba la defensa de Ernesto Fonseca.

 

Sólo el ministro José Ramón Cossío Díaz, votó en contra del proyecto aprobado por los otros cuatro ministros que integran la Sala, pues consideró efectivamente se trata de homicidios que corresponden al fuero común.

 

Con ello Ernesto Fonseca deberá cumplir la sentencia de 40 años que se impuso por su participación en los homicidios tanto del agente de la Administración para el Control de Drogas (DEA por sus siglas en inglés), Enrique Camarena y del piloto mexicano, Alfredo Zavala, ocurridos en 1985.

 

Vale recordar que en el caso de Caro Quintero, acusado de los mismos delitos, había obtenido un amparo de un juez federal y fue puesto en libertad, pero la Procuraduría General de la República llevó el caso a la Suprema Corte que revocó el amparo.