La Secretaría de Salud (SSA) publicó este miércoles diversas disposiciones que reforman y se adicionan a la Ley General de Salud.

 

En el primer caso se modifican dos artículos; el 103 Bis 1 donde se establece que el genoma humano y el conocimiento sobre éste son patrimonio de la humanidad. El genoma individual de cada ser humano pertenece a cada individuo.

 

Y además el artículo 103 Bis 3, que indica que todo estudio sobre el genoma humano deberá contar con la aceptación expresa de la persona sujeta al mismo o de su representante legal en términos de la legislación aplicable.

 

En el Diario Oficial de la Federación también se da a conocer el decreto por el que se adiciona un artículo 1°. Bis a la Ley General de Salud, donde se especifica que se entiende por salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

 

Además se adiciona un segundo párrafo al artículo 220 y un artículo 467 Bis para quedar como sigue:

 

Artículo 220. “La violación a esta disposición será equiparable con el delito de Corrupción de Personas Menores de Dieciocho Años de Edad o de Personas que no tienen Capacidad para comprender el Significado del Hecho o de Personas que no tienen Capacidad para Resistirlo”.

 

En el caso del Artículo 467 Bis. indica que al que venda o suministre a menores de edad o incapaces, mediante cualquier forma, substancias que se encuentren comprendidas dentro de los supuestos a que se refieren las fracciones IV y V del artículo 245 de esta Ley, se aplicará de 7 a 15 años de prisión.