A cinco años de la creación de la Alerta de Violencia de Género este recurso no ha sido utilizado, a pesar de las solicitudes de organizaciones civiles para aplicar esta medida de protección en seis estados del país con una alta incidencia de agravios en contra de las mujeres.

 

Especialistas consultados consideran además que la reciente reforma al reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia tampoco facilitará su activación.

 

En el caso de Guanajuato, la autoridad desatendió ya tres solicitudes. En 2010, la organización civil Las Libres por Guanajuato solicitó la medida por agravio comparado, al considerar que el gobierno estatal no respetaba el derecho a la interrupción legal del embarazo en casos de violación.

 

A principios de este año, la misma organización solicitó nuevamente la alerta por el incremento de los feminicidios en la entidad. Ante la negativa de la autoridad, en noviembre pasado la organización pidió nuevamente la aplicación de la medida de protección.

 

Autoridades de Oaxaca, Hidalgo y Chiapas tampoco han querido aplicarla a pesar de las denuncias por feminicidios ocurridos en su territorio. En tanto, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio interpuso demandas de amparo en contra de los gobierno federal y de Nuevo León y Estado de México.

 

Esto, ante la negativa que dio la administración del entonces gobernador, Enrique Peña Nieto para activar el protocolo de protección a las mujeres mexiquenses. A tres años, el juez de amparo reiteró la orden de iniciar la investigación sobre feminicidios y violencia en la entidad, que proporcionen los argumentos necesarios para activar la alerta.

 

Rodolfo Domínguez, responsable del área jurídica del Observatorio, explicó que el martes pasado enviaron una carta al titular de la Secretaría de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, para realizar lo antes posible la investigación.

 

El Observatorio expuso que entre 2011 y 2012 se registraron 548 homicidios en la entidad mexiquense, de los cuales sólo 115 se reconocieron como feminicidio, a pesar de que todos cumplían con al menos dos de las características que señala la legislación.

 

Este año, el Congreso de Colima pidió la emisión de esta alerta debido a que una mujer pierde la vida cada mes en esa entidad. Sin embargo, de acuerdo con la ley, los diputados no pueden solicitar formalmente la medida.

 

REFORMAS PONEN OBSTÁCULOS

 

Las reformas al reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de Violencia crearon nuevos obstáculos para la aplicación de la medida, consideró Domínguez.

 

En entrevista, detalló que con los cambios, las organizaciones aún pueden denunciar la violencia de género en los estados, pero quedan fuera del proceso que realiza el grupo de trabajo encargado de realizar la investigación sobre los hechos.

 

Por su parte, Luz Estrada apuntó que en este grupo de trabajo hay un representante del Instituto de Mujeres de la entidad –que trabajada directamente con el gobierno local-, lo que hace imparcial el proceso.

 

Además, las autoridades estatales tienen un plazo de seis meses para aplicar medidas preventivas, sin necesidad de activar la alerta. “Esto a la larga genera acciones que no sirven y que, al contrario, permite que los feminicidios aumenten”, dijo Domínguez.

 

¿Para qué sirve la alerta de género?

 

La alerta es un conjunto de acciones gubernamentales para enfrentar y erradicar la violencia hacia las mujeres.

 

Se emitirá cuando:

 

Existan delitos contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujeres, es decir, desapariciones forzadas, violaciones o abuso sexual, feminicidios.

 

Cuando se viole el ejercicio de los derechos humanos como la decisión de la interrupción legal del embarazo en las situaciones que señala la ley.