Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación buscan avalar los artículos que facultan a la PGR y a las procuradurías estatales para ordenar la localización de aparatos telefónicos sin orden judicial, y negaron que atente contra el derecho a la privacidad como denunció la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

 

Así, la intención del voto del, Pleno a través de las consideraciones de los seis ministros que intervinieron en la discusión, es la de avalar las reformas constitucionales del 2012 en los artículos 133 del Código Federal de Procedimientos Penales; y 40 Bis de la ley Federal de Telecomunicaciones.

 

Con ello, la Procuraduría General de la República y los ministerios públicos locales podrán ordenar a las empresas de telefonía celular que localicen el punto referencial de donde se realizan llamadas realizadas por la delincuencia organizada para el secuestro, extorsión o amenazas, pero sólo en tiempo real, como lo propone el proyecto de la ministra Margarita Luna Ramos.

 

“En opinión del proyecto, esto no es invasivo de ninguna manera a la vida privada, pero en el caso de que pudiera alguien pensar que sí hay una cierta invasión a la vida privada, pues yo creo que aún esto, debe ceder ante el interés de preservar el orden público y la paz social, y garantizar la protección a estos derechos y a la eficaz investigación de los delitos sobre todo”, dijo la ministra.

 

Derivado de la controversia constitucional 32/2012 que interpuso la Comisión Nacional de Derechos Humanos, quien denunció que se está dando facultades sin límites a la PGR, bajo el principio de legalidad y seguridad jurídica, para tener un registro exhaustivo y preciso de movimientos públicos de una persona con lo que se da una invasión a la vida privada, familiar, política, religiosa y social, por lo que solicitó la invalidez de dichos artículos.

 

Sólo dos de los seis ministros ponentes, José Ramón Cossío Díaz y Sergio Valls Hernández, mostraron su determinación tajante de no avalar el proyecto de Luna Ramos, al considerarlo violatorio de las garantías individuales.