La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló con ocho votos a favor y tres en contra, el proyecto de sentencia modificado por la ministra Margarita Luna Ramos, que da luz verde al rastreo de celulares cuando la Procuraduría General de la República (PGR)así lo solicite a las empresas sin necesidad de tener orden de un juez.
La PGR y las procuradurías de justicia locales deberán argumentar ante las empresas telefónicas que el motivo por el cual se requiere la geolocalización de celulares es de urgencia, como en el caso de casos relacionados con secuestros, extorsiones, amenazas, delincuencia organizada y delitos contra la salud.
La ministra Luna Ramos explicó que la petición del Ministerio Público a los concesionarios telefónicos deberá presentarse por escrito o de manera electrónica, sin embargo la PGR o las procuradurías locales no estarán obligadas a tener la orden de un juez para ubicar un teléfono móvil.
“Se está estableciendo la posibilidad incluso de dar un lineamiento para decirle a la autoridad que siempre tendrá que haber una motivación en el momento en que se emita la orden correspondiente al concesionario, en la que brevemente se tiene que establecer la instrucción al personal técnico que corresponda que mínimamente razone la excepcionalidad del caso dado el tipo de delitos que se investigan”, dijo Luna Ramos.
El proyecto de sentencia aprobado fue modificado por Luna Ramos, quien recabó las posiciones de sus homólogos que buscaban acotar la acción del Ministerio Público para evitar irregularidades.
Los ministros que votaron a favor fueron Margarita Luna Ramos, Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar, Jorge Pardo Rebolledo, Fernando Franco, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Arturo Zaldívar y Juan Silva Meza, presidente de la SCJN.
Mientras que los que se opusieron por considerar esta llamada ‘ley de geolocalización’ es violatoria de los derechos humanos fueron Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío y Sergio Valls.