En 2006,  la indígena Adriana Manzanares fue sentenciada a 22 años de prisión por un aborto espontáneo; denunciada por su propio padre fue golpeada y a punto estuvo de ser lapidada conforme a los usos y costumbres de la etnia tlapaneca. Ayer, fue liberada luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) encontró violaciones al debido proceso en su caso.

 

Con una votación unánime los cinco ministros de la SCJN ordenaron la libertad lisa y llana a favor de la indígena quien no habla y tampoco comprende el español. La Corte consideró que la mujer careció de una defensa adecuada y no fue asistida por un intérprete durante el juicio y declaración preparatoria.

 

A las 17:30 horas dejó la Penitenciaria de Chilpancingo, Guerrero, acompañada por activistas defensoras de los derechos de la mujer. Sin embargo, cifras oficiales indican que hay al menos 157 casos similares al de Adriana, los cuales deben ser revisados a detalle por violaciones a sus garantías individuales.

 

A los siete meses de embarazo, Manzanares Cayetano sufrió un aborto espontáneo. Su embarazo fue producto de una relación con un hombre mientras su esposo trabajaba en Estados Unidos.

 

Su propio padre la denunció ante la mayordomía de la comunidad tlapaneca de Camalote de Ayutla de Los Libres. Conforme a los usos y costumbres de la localidad fue insultada, golpeada y a punto estuvo de ser lapidada; para evitar esto último “confesó” haber asesinado a su hijo a través del aborto y tener relaciones fuera del matrimonio.

 

Bajo los cargos de adulterio y homicidio, en marzo de 2006 la joven fue detenida y presentada ante el Ministerio Público de Ayutla, por lo que dejó a los dos hijos que procreó con su primera pareja.

 

Adriana fue obligada a firmar su “confesión” pero fue consignada sólo por el delito de homicidio en razón del parentesco. El juez de primera instancia tomó en cuenta la confesión obtenida durante el interrogatorio que le hicieron los integrantes de su comunidad, y con base en ello la condenó a 22 años de prisión.

 

Tras su liberación, Adriana Manzanares comentó que no regresará a su lugar de origen hasta someterse a un tratamiento psicológico para poder convivir con sus dos hijos.

 

LIBERTAD INMEDIATA

 

“Al concederse el amparo de la justicia federal a la quejosa de manera lisa y llana, se instruye a la Secretaría de Acuerdos de esta Primera Sala para que notifique por los medios más eficaces y expeditos a las autoridades correspondientes, que se ponga en inmediata y absoluta libertad a la quejosa Adriana Manzanarez Cayetano y/o Adriana Manzanarez Cayetana, únicamente por lo que se refiere a la causa penal 053-1/2006 materia del amparo que se resuelve”, dijo la víspera el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, presidente de la Primera Sala de la SCJN.

 

La decisión de los cinco ministros fue con base en las diversas violaciones al debido proceso, entre ellas, la ausencia de un intérprete que conociera su lengua y cultura y la cosmogonía de la etnia tlapaneca.

 

Además, porque la sentencia carecía de suficiencia probatoria, tanto en lo relacionado con la  comisión del delito, como de la responsabilidad de la inculpada.

 

Al respecto, el abogado Javier Cruz Angulo, calificó la decisión de la primera sala como trascendente al dejar un precedente importante, sobre cómo deben abordarse estos asuntos de género en la materia de salud sexual.

 

“El día de hoy la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha mandado un mensaje hacia los tribunales inferiores muy claro, respecto de cómo se deben tratar los casos en materia de género y hay que esperar a ver la resolución para ver cuáles fueron todas las consideraciones de esta Primera Sala de la Suprema Corte”, dijo Cruz Angulo, director Clínica Jurídica CIDE.

 

Este fallo deja en claro que nada puede estar por encima del respeto a los derechos humanos de cualquier persona, sea o no integrantes de una comunidad indígena, y domine o no el idioma español, agregó.

 

“Los usos y costumbres no se pueden sobreponer, no pueden remontar a los derechos, tiene que haber un respeto irrestricto a los derechos humanos”, dijo el litigante.

 

De acuerdo con los datos de las autoridades en reproducción sexual se  estima que en el país, hay por lo menos 157 casos similares al de la indígena Adriana Manzanares, mismos que deben ser revisados a detalle por violaciones a sus garantías individuales.