El reglamento de la Ley General de Cambio Climático que obligará a las industrias a reportar sus emisiones de dióxido de carbono (CO2) a la atmósfera será más laxo que como se había previsto.

 

De acuerdo con la regulación enviada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para su revisión a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, “el umbral” de emisiones directas o indirectas a partir del cual las empresas deberán inscribir en el Registro Nacional será igual o superior a 25 mil toneladas de bióxido de carbono (CO2) al año.

 

No obstante, el subsecretario de Planeación y Política Ambiental de la Semarnat, Rodolfo Lacy, dijo a 24 HORAS a mediados del año pasado que el instrumento establecería una base de 10 mil toneladas de CO2 para que aquellas industrias como la siderúrgica, cementera, energética, de transportes y turística, reportaran sus emisiones y estuvieran obligadas a reducirlas.

 

En julio pasado, la Comisión de Estudios del Sector Privado para el Desarrollo Sustentable (Cespedes), presentó una propuesta de reglamento para el Registro Nacional de Emisiones en el que propuso bajar el umbral de emisiones a reportar a 10 mil toneladas.

 

El estudio subrayó que si bien la mayor parte de las emisiones de gases de efecto invernadero son generadas por un grupo reducido de grandes emisores que superan las 25 mil toneladas de CO2 al año, bajar el umbral aumentaría la cobertura de la contabilidad de las emisiones en 95%.

 

Pese a ello, la Semarnat trabaja en la definición de este registro que obliga a las industrias energética, manufactura, de la construcción, de transporte, cementera, química y siderúrgica, entre otras a reportar sus emisiones.

 

De acuerdo con el propio Lacy, este reglamento tiene como objeto que el gobierno tenga un registro confiable, tal como se establece en la ley General de Cambio Climático, publicada en junio de 2012.

 

Actualmente, México emite 1.4% del C02 que contribuye al problema del cambio climático mundial, lo que ubica al país entre las 15 naciones más contaminantes en todo el planeta.

 

La Ley establece que para 2020 el país debe reducir 30% sus emisiones y para ello es necesario tener certeza en la cantidad de CO2 que producen las industrias, con el fin de buscar los métodos indicados para incentivar la reducción de las mismas, indicó el subsecretario en ocasiones anteriores.

 

Para ello, el decreto del reglamento para el Registro Nacional de Emisiones, considera incorporar los proyectos o acciones de mitigación, reducción o absorción de emisiones de gases o compuestos de efecto invernadero.

 

Con ello, las industrias tendrán que reportar además las acciones de reducción, captura o absorción de gases de efecto invernadero implementadas, mitigación alcanzada y mitigación total proyectada, expresadas en toneladas métricas y en toneladas de CO2 equivalente por año y total.