Grupo Televisa calificó de legítima la defensa que lleva a cabo de los derechos autorales -involucrados en sus contenidos y programación- ante la retransmisión “indebida” de señales de televisión abierta, a través de televisión de paga, por parte de Dish.
En un comunicado, la televisora aseguró que para obtener ventajas comerciales, Dish y su controladora MVS “desarrollan una permanente campaña de engaño a la opinión pública y de presión a las autoridades”, opinó.
Señaló que el oficio girado por el Juez 32 del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), para notificarlo que no tiene atribuciones para emitir un fallo sobre el must carr” y must offer, tiene como sustento dos resoluciones del Primer Tribunal Colegiado de Circuito.
El 25 de octubre de 2012, dijo, ese Tribunal determinó al Juez 32 como la autoridad competente para resolver, en definitiva, sobre los derechos de retransmisión de las señales radiodifundidas y de los contenidos audiovisuales de la programación de los canales 2, 4, 5 y 9 de Televisa.
En opinión de la televisosa, Dish “distorsiona los hechos y emite informaciones engañosas” que descalifican la actuación del Poder Judicial local del Distrito Federal y del Poder Judicial Federal, con lo cual dicha empresa busca “presionar a las autoridades para obtener decisiones que sean favorables a sus negocios”.
Hoy el vocero de la Presidencia, Eduardo Sánchez, informó que el Ejecutivo promovió una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para defender las facultades del IFT y así este organismo pueda emitir un fallo sobre el must carry y must offer.
En conferencia de prensa, Sánchez aseguró que la controversia se presenta en contra de la resolución de un juez del Distrito Federal que, a decir del vocero de la Presidencia, no tiene facultades para decidir sobre temas federales .
Constitución protege derechos de autor
Grupo Televisa comentó que la consulta pública abierta por el IFT sobre los lineamientos de must-Offer y must-Carry, llamó la atención de organizaciones de derechos de autor, académicos y empresas relacionadas con la materia.
Los derechos de los autores, músicos, compositores, intérpretes, titulares de obras audiovisuales, entre otros creadores, son derechos fundamentales reconocidos por la Constitución mexicana y por numerosos tratados internacionales de derechos humanos, anotó.
Televisa, dijo, ha ejercido acciones legales, en defensa de los derechos autorales involucrados en sus contenidos y programación.
Dish en tanto, agregó, promovió un juicio de amparo contra estas acciones, pero sus recursos legales fueron desechados, el 30 de enero de 2014, por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito que los consideró notoriamente improcedentes.
Para Dish, afirma Televisa, “la defensa de un derecho a través de los cauces legales es motivo de escándalo, que justifica la utilización arbitraria de sus frecuencias, medios y espacios informativos como tribunas para victimizarse, falsear los hechos y presionar a las autoridades”.
Finalmente, señaló que Grupo Televisa respetará en todo momento las decisiones judiciales, a fin de que se resuelvan con oportunidad y pleno apego a la ley asuntos de gran relevancia para el sector de las telecomunicaciones y para la protección de los derechos de todos los mexicanos.
Cabe recordar que este jueves, Dish sostuvo que la notificación al IFT forma parte de una serie de medidas y acuerdos que el Juez 32 ha dictado, “una y otra vez, a solicitud de Grupo Televisa en el juicio que dicha empresa promovió contra Dish desde el año 2011”.
Recordó que las medidas cautelares dictadas por el Juez 32, en dos ocasiones han sido suspendidas y anuladas por jueces y tribunales de amparo.
Frente a esta conducta, dijo, Dish ha presentado recursos de queja administrativa ante el presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, Edgar Elías Azar, y formuló en el año 2013 querella penal contra el Juez 32.
Para Dish, el oficio del Juez 32 constituye un agravio directo e inédito a la Constitución y al régimen de autonomía que la Reforma Constitucional de junio de 2013 le otorgara al IFT.