La empresa Dish calificó de actuación oportuna de la instituciones del Estado mexicano en torno a la controversia en el tema de la retransmisión de las señales de televisión abierta en los sistemas de televisión restringida.
Expone además que si bien la suspensión concedida de oficio por la ministra Olga Sánchez Cordero es un respaldo a la autonomía del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en el caso, la conducta del Juez Trigésimo Segundo de lo Civil del Distrito Federal es una afrenta a la imparcialidad con que deben conducirse los impartidores de justicia.
Señala en un comunicado que por ello “continuará impulsando que el Juez Trigésimo Segundo sea sujeto de procedimientos de responsabilidad administrativa y penal por su conducta contumaz y servicial a los intereses de Grupo Televisa”.
Este lunes, la ministra instructora en la controversia constitucional interpuesta por el Ejecutivo determinó admitirla a trámite.
Al mismo tiempo, conceder de oficio la suspensión de los efectos del oficio dirigido por el Juez Trigésimo Segundo de lo Civil del Distrito Federal, que señaló que el IFT carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de ciertos canales de televisión abierta.
Para la empresa de televisión satelital, “la suspensión permitirá al Ifetel continuar ejerciendo sus facultades constitucionales, sin impedimento ni interferencia alguna por parte de un juez del orden común que nada tiene que hacer desconociendo la competencia del Instituto”.
Así, la actuación oportuna del IFT, del Ejecutivo Federal a través de la Consejería Jurídica y ahora de la de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), destaca Dish, constituyen una respuesta contundente de las instituciones del Estado mexicano en defensa de la Constitución y de la reciente reforma en materia de telecomunicaciones.
Aclara que la controversia constitucional continuará tramitándose en el fondo, que consiste en determinar si los oficios girados por el citado juzgado al IFT constituyen actos inconstitucionales en invasión de la esfera de competencia del órgano regulador.
Subraya que una vez elaborado el proyecto respectivo por parte de la ministra instructora, el pleno de la Suprema Corte resolverá al respecto.