Un Tribunal Colegiado concedió el amparo a un hombre quien fue sometido a tortura para que confesara su presunta participación en un homicidio, y pese a las reiteradas denuncias ante el juez de la causa sobre el tormento al que fue sometido no se admitieron pruebas para demostrar su inocencia.
El Quinto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar con sede en la Paz, Baja California Sur, resolvió el amparo 1071/2013 a favor del inculpado, por ello, ordenó al juez del fuero común que reponga en su totalidad el proceso, revoque la sentencia de 25 años donde se tomen en cuenta las pruebas periciales.
El nuevo proceso y sentencia deberá tomar en cuenta las pruebas presentadas por el inculpado para demostrar su inocencia, así como los dictámenes médicos y periciales sobre la tortura a la que fue sometido al momento en que dio su declaración ante el Ministerio Público, de la cual posteriormente se desistió.
El dictamen del Tribunal Colegiado se realizó con base a los tratados internacionales a los que México se ha suscrito, los derechos humanos, el Protocolo de Estambul, y el artículo Primero de la Constitución Mexicana.
“Una vez culminado lo anterior y llegada la oportunidad de dictar sentencia, se resuelva lo que en derecho proceda, en la inteligencia de que en el supuesto de que se demuestre la tortura como medio de obtención de la confesión incriminatoria del quejoso, deberá restárseles valor probatorio”, dictaminó el Tribunal.