Derivado de la reforma financiera, que modificó el régimen de prevención y detección de operaciones con recursos de procedencia ilícita, las entidades financieras del país deberán negar el servicio a aquellas personas y empresas que se encuentren en la lista de Hacienda sobre transacciones con el crimen organizado, así lo explicó Alberto Elías Beltrán, director de la Unidad de Implementación de la Ley Antilavado.
En entrevista para Radio Fórmula, detalló que esto se decide al incluirse la facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) de dar a conocer las entidades financieras en una lista denominada de personas bloqueadas.
“Se le va a dar a conocer a las entidades financieras y de manera inmediata deberán de suspender cualquier, acto, servicio u operación con clientes y usuarios que estén dentro de la lista”, dijo Beltrán.
Resaltó que esta lista trae como parámetro tres grandes delitos, uno de ellos es el terrorismo y su financiamiento, esto derivado de los estándares internacionales determinados por el Grupo de Acción Financiera y en específico sobre dos resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Abundó que esas resoluciones emiten un listado de personas vinculadas con organizaciones delictivas o de entidades que facilitan o financian a estas organizaciones.
Beltrán indicó que esta lista que va a emitir la Secretaría de Hacienda, va a incluir todo el listado de las personas y empresas que hayan sido señaladas por le Consejo de Seguridad de Naciones Unidas como vinculadas con organizaciones internacionales; y también con personas relacionadas con el lavado de dinero.
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Incluirá a personas relacionadas con el lavado de dinero: Beltrán
Finalmente, aseveró que esta es una medida de carácter administrativo tomada por la secretaría como autoridad de sistema financiero y el cual instruye, señala y notifica a la entidad financiera que tendrá suspender cualquier acto o servicio que tenga con estas personas.