Organizaciones no gubernamentales de defensa a los derechos humanos manifestaron en el Senado de la República su preocupación ante el contenido de los artículos 29 y 33 constitucionales referentes al estado de excepción y suspensión de garantías.

 

Reunidos con la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara alta, Angélica de la Peña Gómez, los representantes de ONG y miembros del Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social se pronunciaron porque el Poder Legislativo acote la facultad del presidente de la República de suspender los derechos humanos.

 

El director de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, José Antonio Guevara Bermúdez, consideró que el dictamen de legislación secundaria  a los artículos 29 y 33 de la constitución (aprobado en comisiones el pasado mes de abril), contiene cláusulas que abren la puerta para que el Ejecutivo se “extralimite” en sus funciones, relativas a la suspensión de derechos.

 

Acusó, además, que el proyecto legislativo contiene supuestos de restricción y suspensión no autorizados ni por la Constitución ni por los tratados internacionales suscritos por nuestro país.

 

Julio Hernández Barros, integrante de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, coincidió en señalar que existen elementos que  permitirían el abuso por parte de la autoridad Ejecutiva. “Con una facultad tan amplia, del presidente de la república, para suspender, limitar o anular las garantías individuales de nosotros los ciudadanos, una gran y dolorosa espada está apuntando siempre hacia nosotros”, expresó.

 

Por su parte, Simón Hernández, abogado del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), aprovechó para someter a debate la redacción del artículo 29 constitucional y, con ello, promover modificaciones de las medidas de suspensión de derechos.

 

Alistan consultas

 

En respuesta la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara Alta, Angélica de la Peña prometió a las ONG más consultas en las que sus propuestas serán puestas a consideración de los demás senadores.

 

La legisladora del sol azteca anunció que el dictamen en la materia podría llevarse al pleno en el siguiente periodo ordinario de sesiones, que inicia en septiembre, aunque no descartó la posibilidad de que sea considerado en uno de los periodos extraordinarios que celebrará el Congreso.

 

Este precepto de suspensión de derechos está impreso en la  constitución desde 1857 y es aplicable en casos en que el país esté en situación de guerra, sea víctima de un acto de terrorismo o extrema violencia y cuando sea impactado por un fuerte desastre natural. Fue incluido como parte de la gran reforma aprobada en junio del 2011, donde se establecieron los criterios a seguir para determinar un estado de excepción y donde se enlistan los derechos que bajo ningún  motivo serán suprimidos: derecho de la niñez, de las mujeres, la libertad de expresión, libertad de conciencia y de religión, entre otros.