El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) publicó los lineamientos generales que establecen los requisitos, términos y condiciones que los actuales concesionarios de radiodifusión, telecomunicaciones y telefonía deberán cumplir para que se les autorice prestar servicios adicionales.
En un acuerdo emitido por el Pleno del organismo y publicado en el Diario Oficial de la Federación, detalla que los titulares de bandas de frecuencias interesados en servicios extras deberán solicitarlo a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
De esta forma, añade, la dependencia podrá requerir el pago de una contraprestación, cuyo monto se determinará con base en la amplitud de la banda del espectro radioeléctrico y la cobertura geográfica para proveer el nuevo servicio y el pago realizado por otros concesionarios para obtener bandas de frecuencias para usos similares.
El documento aclara que para el caso de autorizaciones de servicios adicionales a las concesiones de redes públicas de telecomunicaciones, los interesados deberán los requisitos aplicables a los concesionarios de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico, salvo por el pago de una contraprestación económica.
En el acuerdo, vigente a partir de mañana, se incluyen los regímenes aplicables a concesionarios con prohibición o restricción expresa para prestar determinados servicios y de servicios de telecomunicaciones o de radiodifusión que forman parte de agentes económicos preponderantes.